Residentes en el exterior podrán declarar en junio
Los colombianos que viven en el exterior y que tienen ingresos o patrimonio
suficiente para declarar el impuesto de renta, tendrán un plazo más amplio
para cumplir con esta obligación.
Por:REDACCION EL TIEMPO
27 de abril 2006 , 12:00 a. m.
Mientras que los nacionales que viven en el país tienen hasta el 22 de mayo
para declara y pagar, los residentes en el exterior podrán presentar el
formulario hasta el 5 de junio y pagar hasta el día 12 del mismo mes.
Ellos deberán presentar el formulario (en original y dos copias) y hacer el
pago ante el cónsul respectivo del país en donde residan y en las ciudades
en donde no exista embajada o consulado, podrán remitir los formularios por
correo a la embajada o consulado de su circunscripción.
Este año deben declarar renta quienes en el 2005 tuvieron ingresos iguales o
superiores a 63,6 millones de pesos, un patrimonio de más de 84,8 millones,
si se hicieron compras superiores a 53 millones o si se recibieron
consignaciones de más de 84,8 millones de pesos.
Para poder declarar renta, los residentes en el exterior también deben estar
inscritos con anterioridad en el Registro Unico Tributario (RUT).
Si la declaración se presenta después de vencido el plazo, el contribuyente
deberá pagar una sanción por cada mes o fracción de mes de retardo
equivalente al 5 por ciento del total del impuesto a cargo.