Ante el clamor de las entidades de los sectores educativos, de salud, académicos y culturales, un grupo de constituyentes encabezados por Rodrigo Lloreda Caicedo, Alfonso Palacio Rudas y quien esto escribe, logró hacer aprobar en medio de feroces ataques que nos llovieron de todos los sectores el inciso segundo del actual Artículo 355 que permite, con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo y a los planes seccionales, destinar recursos del presupuesto para contratar con entidades privadas sin ánimo de lucro servicios para impulsar programas y actividades de interés público.
Es así como se abrió la puerta a los ahora llamados auxilios buenos y se salvó de la muerte a cientos de entidades privadas que se dedican a adelantar labores de interés social. Como hemos señalado en el libro que con otros abogados asesores de la Constituyente publicamos el año pasado, lo que se hizo, en el fondo, fue trasladar la facultad de otorgar auxilios del Congreso al Gobierno creándose, para el efecto, un mecanismo contractual.
No debe, pues, llamar la atención de nadie el fortalecimiento que este régimen hace del Gobierno, que se vuelve el nuevo dispensador de auxilios pero, precisamente para evitar el clientelismo y la corrupción, se dispuso que los dineros que han de entregarse a las entidades de derecho privado sin ánimo de lucro que desarrollan actividades en los campos científico, cultural, educativo y de solidaridad social y humana, deben cumplir tres requisitos: 1o. Provenir de un contrato celebrado entre la Nación y la entidad privada.
2o. Estar contemplados como gasto en el Presupuesto Nacional (artículos 345 y 346 de la Constitución Nacional).
3o. Estar el objeto del gasto acorde con el Plan Nacional de Desarrollo (artículos 347, 350, 352, C.N.).
Decíamos en nuestro libro Interpretación y Génesis de la Constitución Nacional que más les hubiese valido a algunas gentes consultar en oportunidad, que los requisitos establecidos en el Artículo 355 C.N. iban a dificultar notablemente la aplicación inicial de la norma ... por las obvias razones que ahora han generado la crisis jurídica planteada por el Consejo de Estado.
El Gobierno está buscando fórmulas y ha presentado un proyecto de reforma constitucional que no ha tomado en cuenta el Artículo 136, numeral 4 de la Constitución, lo cual le puede producir un nuevo descalabro.
Gratuitamente, estábamos dispuestos a colaborar con el Gobierno en el estudio de las normas que habían de expedirse, devolviendo a Colombia el honor que nos hizo al llevarnos a la Asamblea Constituyente; todavía no sería tarde para ello con el fin de que no se desestabilice más el país.