Luego de varios meses de espera, el Gobierno Nacional anunció este lunes el decreto que regulará el servicio de transporte de lujo en el país. Tanto taxistas de amarillos, como socios de Uber guardaban expectativa por el enfoque de esta reglamentación.
El vicepresidente de la República, Germán Vargas Lleras explicó que las medidas les permitirán a los usuarios contar con una alternativa en condiciones diferenciales. “El objetivo de esta reglamentación es ofrecerles a los usuarios del servicio de taxi otras opciones para su movilización donde se respete la libre competencia, pero dentro de marcos reglamentarios que garanticen calidad y seguridad para todos. El nuevo Decreto tiene como pilares principales: comodidad, accesibilidad, calidad del servicio y seguridad tanto del vehículo como de los pasajeros”, indicó el Vicepresidente.
En cuanto a las condiciones que deben cumplir los vehículos que presten el servicio de lujo, se destacan aspectos como: carros nuevos o modelos que no superen los siete años de uso, camionetas cerradas, camperos y/o automóviles tipo sedán, cuatro puertas con capacidad para cinco pasajeros y color negro, con una franja lateral cuyas características serán definidas por el Ministerio de Transporte. Deben contar también con Sistemas de Posicionamiento Global (GPS), interacción en línea y tiempo real con la plataforma tecnológica necesaria.
Igualmente, las plataformas tecnológicas para la prestación de este servicio podrán ser de propiedad de las empresas de transporte o contratadas con terceros. Sin embargo, estas deben contar con la autorización del Ministerio de Transporte y demostrar el cumplimiento de las condiciones de servicio establecidas por el mismo.
Luego de expedido el Decreto que organiza el Servicio de Lujo en la modalidad individual de pasajeros, el Ministerio de Transporte tendrá seis meses para establecer las condiciones específicas de los puntos anteriores.
Frente a la nueva normatividad, el gremio de los taxistas se mostró de acuerdo con las decisiones tomadas por el Gobierno Nacional en pro de combatir la ilegalidad y ofrecer un mejor servicio a los ciudadanos en condiciones de igualdad.
Entre tanto, el Gerente de Uber en Colombia, Mike Shoemaker, manifestó que analizarán en detalle cada uno de los puntos incluidos en la reglamentación y adoptarán las medidas al respecto.
De todas maneras, la reglamentación anunciada deja un abierto un 'hueco' en la regulación, ya que no profundiza en el uso de plataformas tecnológicas.
Por eso, Uber -aunque admite que es un primer paso- señala que tiene su mayor expectativa en el trámite que tenga en el Congreso un proyecto de ley que reglamente el uso de dichas plataformas tecnológicas.
En este sentido, la firma anunció que acompañará al senador Juan Carlos Restrepo, del partido Cambio Radical, en la presentación de un proyecto de ley, que cree una nueva categoría para el servicio privado de transporte, mediante plataformas tecnológicas (Lea también: ¿Zanjará el Gobierno Nacional la discusión entre Uber y las empresas de taxi?).
De acuerdo con la compañía tecnológica, esta nueva categoría es similar a las regulaciones que ya se han expedido en Ciudad de México, Puebla, el Estado de México y en otras 60 jurisdicciones alrededor del mundo.
La más reciente de estas regulaciones se produjo en octubre pasado en Canberra (Australia).
Para Uber, este proyecto de Ley, junto con lo anunciado por el Gobierno Nacional, hacen parte de un proceso de modernización de las alternativas de transporte, que lo que buscan es ofrecer nuevas y diferentes opciones de acuerdo a cada necesidad.
“La reglamentación de taxis de lujo no excluye otras alternativas de movilidad para los ciudadanos y durante los seis meses previos a su implementación Uber evaluará, en conjunto con los socios conductores, las implicaciones y oportunidades de este decreto para los más de 20.000 colombianos que hoy tienen una oportunidad económica con flexibilidad y seguridad manejando con el app de Uber”, indicó la compañía, tras conocerse la decisión del Gobierno Nacional.
El proyecto de Ley que crea el Servicio Privado de Transporte Solicitado Mediante Plataformas Tecnológicas, contempla servicios innovadores como los que hoy ofrece Uber en Colombia; tales como UberBlack, uberX, UberBICI, UberÁngel, UberPET, UberEnglish, Uber para Empresas y otros tantos que vendrán en el futuro, como el carpooling y soluciones de logística urbana.
ASÍ QUEDÓ EL DECRETO DEL GOBIERNO
Por su parte, el vicepresidente de la República, Germán Vargas Lleras, a quien el presidente Juan Manuel Santos encomendó la tarea de crear una reglamentación, y la ministra de Transporte, Natalia Abello, dieron a conocer los apartes del decreto 1079 de 2015, que será la guía que debe seguir este servicio de pasajeros. Estos son algunos de los puntos:
¿Cuáles son los requisitos para la habilitación de empresas?
Las empresas interesadas en prestar el servicio de lujo deberán obtener habilitación (para empresas nuevas) o modificar su habilitación (empresas en servicio).
1. Demostrar capital pagado o patrimonio liquido en un porcentaje adicional del treinta porciento (30%), sobre los montos establecidos.
2. Acreditar que cuentan con plataformas tecnológicas o a través de contratos con terceros.
3. Los conductores deberán estar certificados en competencias laborales y con capacitación en atención al usuario en un mínimo de 50 horas.
4. Cumplir indicadores de servicio que reglamentará el Ministerio de Transporte.
5. Establecer una base de datos de los usuarios que utilicen el nivel de servicio de lujo.
Las empresas en servicio deberán acreditar los requisitos establecidos en los numerales anteriores.
¿Qué condiciones deben tener los vehículos ?
Los vehículos destinados a la prestación del nivel de servicio de lujo, deben cumplir las siguientes condiciones:
1. Tiempo de uso: deben ser vehículos nuevos o en servicio que cumplan con los requisitos y con no más de 7 años.
2. Color negro con una franja lateral cuyas características serán definidas por el Ministerio de Transporte.
3. Sistemas de Posicionamiento Global GPS.
4. Interacción en linea y tiempo real con la plataforma tecnológica necesaria.
5. Frenos ABS, Air Bags frontales y apoyacabezas.
6. Cuarto (4) puertas laterales.
7. Cabina de pasajeros mínimo cinco (5) personas, incluido el conductor. Con un módulo de espacio por pasajero no inferior a 450 milímetros de ancho a la altura de los hombros y con el módulo de silletería de 750 milímetros.
8. Espacio para el equipaje debe tener una capacidad no inferior a 0.40 metros cúbicos.
9. Tipo de carrocería camioneta cerrada, campero de cuatro puertas, y/o automóvil tipo sedan.
10. Poseer un motor con cilindrada igual o superior a los 1600 centímetros cúbicos o la potencia debe ser asegurar una relación mayor a un (1) HP SAE neto a nivel del mar, por cada veinticinco (25) kilogramos de peso bruto vehicular.
¿Qué reglamentará el Ministerio de Transporte?
- Condiciones adicionales de ingreso de vehículos al servicio en el nivel de lujo, en los 6 meses posteriores a la entrada en vigencia del Decreto.
- Habilitación de las plataformas tecnológicas y los indicadores de servicio.
¿Cuál es el objetivo?
- Cumplir con lo establecido en el PND 2014-2018 Articulo 32 Parágrafo sexto: "...Reglamentar el servicio de lujo dentro de la modalidad individual de pasajeros".
-Brindando a los usuarios de servicio de taxi, alternativa de servicio en condiciones diferenciales.
¿En qué consiste el Decreto de servicio individual de taxis de lujo?
- Crea el nivel de lujo en el servicio de transporte individual de pasajeros - Taxis.
- Establece reglas para las autoridades de transporte local (alcaldes y autoridades de transporte).
- Establece los requisitos para la habilitación de las empresas de transporte que prestarían el servicio individual de pasajeros en el nivel básico y de lujo.
- Determina características para los vehículos con los que se prestará el servicio de lujo.
- Da competencias al Ministerio de Transporte.
- Consagra las condiciones de prestación de servicio de lujo: acceso, calidad, tarifas, etc.
- Condiciones de vinculación de los vehículos a las empresas (ingreso por reposición).
¿Cuáles son las diferencias entre nivel básico y de lujo?
BÁSICO
- Garantizar una cobertura adecuada.
- Servicio y costo accesible a los usuarios.
- Atención directa en las vías.
- Vehículos automóviles: sedan o hatchback.
- Remuneración por el servicio con dinero efectivo o recaudo electrónico conforme a las tarifas que establezcan las autoridades municipales.
LUJO
- Condiciones de comodidad, accesibilidad y operación superiores al servicio básico, como mayores espacios entre sillas, mayor bodega de baúl.
- Ofrecerá sus servicios utilizando únicamente medios tecnológicos, incluyendo plataformas para la oportuna y eficiente atención a los usuarios.
- Pago solo se realiza por medio electrónicos.
- Tarifa mínima regulada, que en ningún caso será igual o inferior a la del nivel básico.
- Calificación al servicio y al conductor.
¿Qué papel juegan las plataformas tecnológicas?
- Las plataformas tecnológicas serán de propiedad de las empresas de transporte o contratadas con terceros propietarios de ellas.
-Deberán obtener la habilitación del Ministerio de Transporte.
- Deben demostrar el cumplimiento de las condiciones de servicio que para tal efecto establezca el Ministerio de Transporte, entre ellas:
Posibilidad de calificar al conductor y al usuario.
Identificar el vehículo que prestará el servicio.
La individualización del conductor y el valor aproximado del servicio.