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Caen planes / Opinión

Jairo Gutiérrez Quiroga / Psicopedagogo

Redacción El Tiempo
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado resolvió una acción de nulidad el pasado 17 de marzo y declaró nulos el "numeral 20 del artículo 8º del Decreto 4355 del 2005; el artículo 29 del Decreto 416 del 2007 y el último inciso del numeral primero del artículo 32 del Decreto 416 del 2007". Es decir, declaró nulos los planes de desempeño.
Los planes de desempeño establecidos por el Decreto 416 del 2007, calificados por el Consejo de Estado como un 'eufemismo', y por su concepción "en abierta rebeldía frente a la ley" los establece el Gobierno nacional para subsanar hallazgos respecto de inversiones no permitidas o sin cumplir coberturas, con recursos de regalías que ejecutan los entes territoriales.
El marco legal pretende el control gradual con medidas que van hasta la suspensión de los giros, "hasta cuando se enmiende lo errado". Esto, con un debido proceso para establecer causas y responsabilidades, con el propósito de proteger a los destinatarios; es decir, la población.
Estos planes respecto de la ley, afirma el Consejo de Estado: "...mecanismo que paradójicamente permite eludir el cumplimiento de sus claros mandatos..." distorsionaban el propósito del control, pues solamente plasmaban un acto de contrición y enmienda a futuro de eventos pasados, sin responsabilidad fiscal, disciplinaria o penal alguna, producto de un debido proceso por el ordenador del gasto, que no acataba la normatividad pertinente.
Ahora las normas reglamentarias deben priorizar derechos colectivos que se garantizan con estos recursos, el debido proceso para establecer responsabilidad individual y subsanar efectivamente las falencias, hasta con asistencia técnica, que generen capacidad institucional para la administración de los recursos.
Redacción El Tiempo
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