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Con la entrada de la Corte Penal Internacional se cerraron puertas para diálogo con la guerrilla

Aunque Colombia ya había firmado y ratificado el Estatuto de Roma, se estableció una reserva de siete años a los artículos que estipulan que los crímenes de guerra no pueden quedar impunes.

Redacción El Tiempo
Esta semana entró en plena vigencia el Estatuto de Roma. Aunque Colombia ya había firmado y ratificado el tratado, hace siete años el saliente gobierno de Andrés Pastrana, en acuerdo con el presidente electo Álvaro Uribe, establecieron una reserva de siete años -prevista en el texto- a los artículos que estipulan que los crímenes de guerra no pueden quedar impunes. 
La idea, con esa decisión conjunta de dos presidentes antagónicos, era dejar abierta la posibilidad de algún entendimiento con la guerrilla. Aunque después del fracaso del Caguán no ha habido ningún ambiente favorable al diálogo, cualquier entendimiento para negociar el fin de un conflicto implica alguna dosis de impunidad para los actos de la guerrilla. Y con la creación de la Corte Penal Internacional (CPI), una instancia creada precisamente para que se castiguen los crímenes de lesa humanidad y de guerra que no sean sancionados por los sistemas nacionales de Justicia, esa alternativa se cierra.
Todavía las condiciones políticas en Colombia son adversas a una negociación con la guerrilla. Pero en la eventualidad de que algún gobierno en el futuro considere que esa opción debe ensayarse de nuevo, las obligaciones adquiridas bajo el Estatuto de Roma impedirán acuerdos para indultar, perdonar, amnistiar o imponer penas alternativas para los crímenes más graves. ¿Se cerraron para siempre las posibilidades de una negociación política para  acabar el conflicto armado?
Eduardo Pizarro Leongómez, presidente de la Comisión Nacional de Reparación y Conciliación, expresó su preocupación el pasado 26 de julio en una columna en El Tiempo. "¿Van las Farc y el Eln a suscribir acuerdos de paz? ¿O, a pesar de este tratado, existen márgenes de negociación posible? ¿Cuáles?". CAMBIO consultó a varios expertos en negociación y justicia transicional sobre hasta qué punto, con la llegada de la CPI,  se cerraron para siempre las puertas del diálogo con la guerrilla en Colombia.
Michael Reed,  Centro Internacional para la Justicia Transicional
Todos los Estados miembros del Estatuto, inclusive Colombia, están bajo la obligación de perseguir penalmente los actos de genocidio, los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra que se cometan en su jurisdicción. No es excusa para no cumplir con esa obligación, la declaración que inhibe la competencia de la CPI sobre crímenes de guerra por siete años.
Las condiciones bajo las cuales se puede llegar a arreglos no dependen solo del Estatuto de la CPI. Desde hace mucho tiempo, el derecho internacional ha puesto límites efectivos al tipo de negociaciones que son válidas. Estas consideraciones llevan a concluir que un eventual acuerdo de paz con las guerrillas colombianas no puede ignorar ni los derechos de las víctimas ni la obligación de juzgar los delitos atroces.
Camilo Gómez, ex comisionado de Paz
El ejercicio de la competencia de la CPI se da cuando el Estado no ha ejercido la acción penal correspondiente y esta salvaguardia es solo para los crímenes de guerra contenidos en el artículo 8 del Estatuto de Roma. Simplemente la Corte entra a conocer de los delitos y actúa si la Justicia colombiana no lo ha hecho o cuando el Estado parte remita al fiscal una situación de uno o varios de esos crímenes. También lo hará si el Consejo de Seguridad de la ONU o el fiscal de la CPI ya tiene una investigación sobre esos crímenes.
Lo que hay de nuevo es que si Colombia no enjuiciara a un actor del conflicto por crímenes de guerra, la corte podría adquirir una competencia que es la residual.
Ex canciller Augusto Ramírez, Comisión Nacional de Reconciliación
Todos los actores armados estaban advertidos de que no sería posible mantener la salvaguardia para aplicarla contra los crímenes de guerra. La guerrilla debe saber que cualquier homicidio fuera de combate y acto impiadoso a la población civil no puede ser ya motivo de ningún tipo de amnistía e indulto. Va a ser muy difícil hacer alguna negociación,  a menos que sea para aplicar la Ley 975 (de desmovilización). Ahora parece que a  la guerrilla no le interesa el tema porque la salvaguardia se hizo con el ánimo de dejar abiertas las puertas a procesos de paz y no parece tener intención de llegar a ello y persistirá en su lucha aunque haya perdido tanto en los terrenos militar y político.
León Valencia, Corporación Arco Iris y reinsertado de la CRS
La CPI  podrá  acoger casos y empezar esos procesos. Ya quedamos al desnudo. Como es una justicia complementaria, solo funcionará si se comprueba que no ha habido justicia en Colombia. En el caso de las Farc, por ejemplo, no se puede capturar a todo el conjunto de los combatientes sino a las cabezas visibles que deberán responder por todos esos crímenes. Pero aquí hay que aclarar que delitos como el secuestro cometidos estos años no pueden quedar impunes porque no son indultables. En 1990, cuando se desmovilizó la CRS, 25 combatientes quedaron presos por ese delito. Hay una gran posibilidad de que no haya impunidad.
Jaime Jaramillo Panesso,  ex presidente Comisión de Paz de Antioquia
Ahora se endurecen las condiciones jurídicas para la guerrilla puesto que quedan también bajo la jurisdicción de la CPI.  El Gobierno debería prorrogar ese salvamento de aplicación del artículo 124 para darle un compás de espera a las Farc y al Eln con la esperanza de que a futuro se pueda negociar.  Hay que prorrogar esa salvaguardia, pero me da la impresión de que el Gobierno está decidido a que se aplique el tratado de Roma en toda su extensión. De aquí en adelante los crímenes de guerra cometidos por cualquier actor armado están en los ojos de ese tribunal.
El crimen de guerra según el Estatuto de Roma.
Redacción El Tiempo
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