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Momento crucial de la Corte

Momento crucial de la Corte

Que se haga un procedimiento de selección de los nuevos magistrados, ágil, pronto y limpio.

28 de febrero 2017 , 06:18 p. m.

El papel de las llamadas ‘altas cortes’, Consejo de Estado, Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia y los tribunales disciplinarios ha sido estelar en momentos claves de la historia de Colombia. El Consejo de Estado –ya centenario en su concepción actual– fue creado por el propio Libertador. La Corte Suprema de Justicia –en realidad Corte de Casación– existió en todas las constituciones desde la independencia hasta hoy.

El maestro Echandía, siempre sabio y dispuesto a servir al país en momentos de crisis, solía insistir en que lo que aquí teníamos era una corte de casación, compatible con el régimen centralista que concibió la Constitución de 1886.

En términos generales, puede decirse que siempre tuvimos control constitucional de los actos del Congreso y del Ejecutivo, con excepción del periodo de la “regeneración” cuando no hubo supremacía de la Constitución, ya que toda ley posterior se presumía constitucional.

A partir de 1910, se tuvo un control total de los actos del gobierno y del parlamento. La Suprema Corte, a través de la llamada ‘Sala de Negocios Generales’, ejerció un control constitucional sobre leyes y decretos. Ese año se instauró –dicen algunos que por primera vez en el derecho público mundial– la acción directa de inconstitucionalidad que le permite a cualquier ciudadano demandar las leyes y decretos leyes. Pero también se consagró la excepción de inconstitucionalidad que autoriza a cualquier juez a abstenerse de cumplir una norma vigente por considerarla razonadamente contraria a la Carta Política.

Desde 1957, el mismo Echandía había propuesto la creación de la Corte Constitucional. Así se hizo en la primera vuelta de lo que luego fuera la reforma constitucional de 1968, bajo la inspiración del profesor Restrepo Piedrahíta, durante el gobierno de Carlos Lleras Restrepo. En la segunda vuelta, en una especie de transacción, se cambió la Corte Constitucional por la creación de la Sala Constitucional dentro de la Corte Suprema de Justicia. Este sistema funcionó más o menos bien hasta 1991.

Esa corte no solo no cedió a tumbar el tratado de extradición con los EE. UU., a pesar de las amenazas de muerte, sino que declaró inexequibles dos reformas constitucionales durante los gobiernos de López Michelsen y Turbay Ayala. Como solía repetirnos a sus alumnos el profesor Gonzalo Vargas Rubiano en el Externado, “había jueces en Berlín”.

En muchos aspectos, la nueva Corte Constitucional, creada en 1991, ha dado pasos trascendentales en la consolidación del Estado social de derecho. Sus doctrinas, a partir de la interpretación del derecho de tutela, han creado todo un sistema de protección de los derechos fundamentales, que es hoy patrimonio jurídico de la nación. Los llamados ‘fallos modulados’, para algunos han trascendido el papel formal de guardián de la Constitución. Lo mismo podría decirse de la teoría de la “sustitución constitucional”, que le ha permitido, en ciertos casos, tumbar reformas adelantadas por el Congreso mediante el procedimiento ordinario. Hoy, su papel es trascendental frente a las normas que se están dictando y van a dictarse para la necesaria implementación de los acuerdos de La Habana, y en relación con temas pendientes en materia de derechos y libertades ciudadanas.

Por estos días han terminado su periodo los magistrados Jorge Iván Palacio, Eduardo Mendoza y Luis Ernesto Vargas, como lo hará también próximamente María Victoria Calle. Todos ellos, en ocasiones con posiciones distintas, dejaron huella en la jurisprudencia constitucional.

Cuanto antes, la Corte Suprema y el Presidente –cuando le llegue el turno– deben integrar las ternas para reemplazar esos magistrados. El momento es crucial. No hay espacio ni para la interinidad ni para la equivocación. Deberían dejarse de lado las rencillas dentro de las propias corporaciones, para que se haga un procedimiento de selección ágil, pronto y limpio. Sí hay juristas calificados para llenar esas plazas. No los hagan esperar tanto.


ALFONSO GÓMEZ MÉNDEZ

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