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Consulta popular minera de Ibagué deberá comenzar de ceros

Consulta popular minera de Ibagué deberá comenzar de ceros

Así lo decidió un fallo de segunda instancia de la Sección Quinta del Consejo de Estado.

16 de febrero 2017 , 08:39 a. m.

Si el alcalde de Ibagué, Guillermo Alfonso Jaramillo, quiere hacer una consulta popular minera en contra de proyectos de extracción a gran escala,  deberá reiniciar ese trámite que ha sido una de sus banderas desde que asumió como mandatario.

Así lo decidió un fallo de segunda instancia de la Sección Quinta del Consejo de Estado, que resolvió una impugnación interpuesta por el Alcalde.

La impugnación se dio luego de que la Sección Cuarta del Consejo de Estado, en diciembre pasado, declarara inconstitucional buena parte de la pregunta que había sido planteada por la Alcaldía a los ciudadanos para la realización de la consulta popular minera.

Incluso, en ese fallo, hasta sugirió la siguiente pregunta: “¿Está usted de acuerdo SÍ o NO que en el municipio de Ibagué se ejecuten proyectos y actividades mineras?”

Esa decisión fue impugnada por Jaramillo, quien pidió que la nueva pregunta fuera modificada, pero por la Alcaldía. El mandatario  no compartió que el Consejo de Estado fuera el que la modificara, pues la nueva pregunta iría en contra de toda clase de minería y señaló que su objetivo al convocar a una consulta popular no era otro que frenar los proyectos a gran escala que pretendan ejecutarse en Ibagué.

En el reciente fallo, la Sección Quinta considera que la Sección Cuarta no tiene competencia para sugerir una nueva pregunta como se hizo.

“Consideramos que se debió determinar si era o no constitucional la pregunta que se pretendía hacer mediante la consulta popular, sin sugerir cómo hacerlo”, se leyó en el nuevo fallo, al tiempo que decía que el control de legalidad de la pregunta es competencia, pero del Tribunal Administrativo del Tolima.

Jaramillo pidió que la nueva pregunta fuera modificada por la Alcaldía. Archivo EL TIEMPO

Puntualmente, sobre el interrogante, se afirmó: “Se evidencia que la pregunta no es neutral y no garantiza la libertad del elector, toda vez que induce a una respuesta, lo que vulnera el derecho fundamental del debido proceso de la parte actora, en razón a que no cumple con los requisitos que la Corte Constitucional ha señalado”.

También le solicitó al Tribunal Administrativo del Tolima que dicte una sentencia de reemplazo en la cual se atiendan los parámetros fijados en la presente providencia.

Todo este proceso de convocatoria a una consulta popular minera se inició en enero del año pasado, apenas Guillermo Alfonso Jaramillo asumió como Alcalde de Ibagué, ya que se ha mostrado en contra del proyecto aurífero que adelanta la multinacional Anglogold Ashanti en Cajamarca, un municipio vecino de la capital tolimense, donde se calcula que existen unos 25 millones de onzas de oro.

El proceso para la consulta ha tenido que librar toda una batalla jurídica y surtir tutelas presentadas por ciudadanos en el Consejo de Estado.

IBAGUÉ

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