Debido a que la norma que permite el cambio de género en la cédula es relativamente reciente, no es muy conocido el proceso que permite a una persona que no se siente conforme con el sexo que le fue asignado al nacer, cambiar la identidad sexual en sus documentos, lo que ha significado un gran avance en el alcance de los derechos de la población LGBTI colombiana.
A pesar de lo que se cree y el estigma que recae sobre este trámite, la verdad es que acceder a este derecho da cuenta de un proceso sencillo y rápido. Aquí le resumimos los puntos más importantes a tener en cuenta:
¿Ante quién se hace la solicitud?
Ante notario, preferiblemente el que se ubica en el lugar donde se encuentra su registro civil de nacimiento original.
¿Qué pasa si hago el trámite en una notaría diferente al lugar donde se encuentra el registro civil original?
Si la solicitud se realiza en una Notaria distinta al lugar en el cual está inscrito el registro civil, el interesado tendrá que pagar el valor del traslado.
Qué debe contener la solicitud?
Debe hacerse por escrito designando el notario a quien se dirige, el nombre de solicitante y su número de cédula.
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¿Qué documentos deben anexarse?
La copia simple de registro civil de nacimiento, la copia simple de cédula de ciudadanía y la declaración juramentada en que se indique la voluntad de que se corrija la casilla de sexo en el Registro Civil de Nacimiento.
¿Qué debe contener la declaración juramentada?
La declaración juramentada debe hacer referencia a la construcción sociocultural que tiene la persona de su identidad sexual, es decir, debe dar razones por las que considera que el sexo asignado en sus documentos no corresponde al que de verdad se ha apropiado en el trascurso de su vida.
¿El notario puede solicitarme algo adicional?
No se podrá exigir ninguna documentación o prueba adicional de ningún tipo a las ya mencionadas.
¿Qué hace a continuación el notario?
El notario debe expedir la escritura pública que modifica el género en los siguientes cinco (5) días hábiles.
¿Qué pasa con el anterior registro civil?
Una vez autorizada la escritura, se hará la sustitución del folio correspondiente. En el nuevo folio se consignarán los datos ya corregidos y en ambos se colocarán notas de referencia recíproca.
¿Cuánto debo esperar para volver a hacer un cambio?
Se deben esperar diez (10) años para la solicitud de una nueva corrección en el sexo luego de la expedición de la Escritura Pública por parte del Notario. Recuerde además que solo podrá corregirse el componente sexo hasta en dos ocasiones.
¿Cambiará mi número de cédula?
El Número Único de Identificación Personal (NUIP) no se modificará, salvo las cédulas otorgadas con anterioridad a marzo del año 2000, donde se realizará la cancelación del NUIP a fin de que sea asignado uno nuevo de diez (10) dígitos.
¿Necesito pagar un abogado?
No necesita abogado, pero el proceso tiene un costo aproximado de ciento ochenta mil pesos ($180.000)
¿Qué pasa si el notario no quiere hacer el trámite?
Lo primero que debe hacer es interponer una queja o reclamo ante la Superintendencia de Notariado y Registro. Si a pesar de ello el notario continúa negándose a realizar el trámite para la corrección del sexo en el registro civil, usted podrá recurrir a la Acción de Tutela como último mecanismo para solicitar el cambio de sexo en el documento de identidad.
FUNDACIÓN DERECHO JUSTO