Con algunas precisiones en el texto, el Gobierno y los ponentes del proyecto del acto legislativo que crea la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tienen casi lista la ponencia para su segundo de cuatro debates, previsto para la próxima semana. (Lea también: Santos anuncia tercer integrante de Comité que elegirá jueces de paz)
El representante a la Cámara por ‘la U’ Hernán Penagos, uno de los coordinadores ponentes de la iniciativa, le contó a EL TIEMPO que se acogieron algunas observaciones que hizo el fiscal Néstor Humberto Martínez.
¿Cómo va la ponencia para segundo debate en Cámara de la creación de la JEP?
Se va a tomar como texto base el aprobado en la Comisión Primera de Cámara con las dos o tres modificaciones que se hicieron.
¿Se acogieron las observaciones que manifestó el Fiscal General?
Algunas sí y otras fueron aclaradas entre los equipos de la Fiscalía y el Gobierno, un poco porque existían dudas en la interpretación.
¿Cuáles se acogieron?
Se dejó claro que quien esté en calidad de disidente pierde el tratamiento especial de la jurisdicción de paz y su investigación será de competencia de la justicia ordinaria. (Lea también: HRW denuncia que proyecto impide que militares respondan por crímenes)
¿Y cómo se hace la precisión en el texto del proyecto?
En el texto de la iniciativa lo que se dice es que quien no sea certificado en los listados que pase la guerrilla no será cobijado con la Jurisdicción Especial para la Paz, y como quienes no entren al proceso de paz no serán incluidos en ese listado, pues los disidentes irán a la justicia ordinaria.
¿Y qué pasará con los reincidentes?
Los reincidentes, es decir, aquellos que se sometan a la Jurisdicción Especial para la Paz y cometan un delito en el futuro, saldrán de la JEP, perderán los beneficios de esta y se tendrán que someter a la justicia ordinaria.
El Fiscal también pidió que se pusiera un límite a los delitos relacionados con el desarme, como el porte ilegal de armas, ¿qué pasó con esto?
Se aclaró que la jurisdicción también conocerá los delitos que tienen que ver con el desarme, como porte ilegal de armas y uso de prendas privativas de la Fuerza Pública, siempre y cuando hayan sido cometidos hasta el momento preciso de la entrega de las armas a Naciones Unidas.
¿En qué hay dudas?
En el tratamiento de los delitos continuados, es decir, los de ejecución sistemática y que se inician antes del primero de diciembre del año pasado, que es el límite establecido para los delitos supuestamente cometidos por los excombatientes. Estas conductas pueden mantenerse en el tiempo y con posterioridad a esa fecha. Allí hasta el momento se ha hablado de hacer algunas precisiones. (Además: Corte modificará su reglamento para estudiar leyes vía 'fast track')
¿Qué se precisaría en este sentido?
Que si se trata de delitos como el secuestro, la toma de rehenes y la desaparición forzada, y está demostrado que esos delitos se mantienen, las investigaciones deberán pasar a la justicia ordinaria, pero todavía no se ha tomado una decisión sobre este tema, los equipos siguen trabajando en esto.
El Fiscal también pedía precisiones sobre los posibles delitos de los expresidentes, ¿qué pasó con este tema?
En eso no hubo ningún cambio sino que quedó que si los expresidentes de la República cometen una falta durante su periodo, las investigaciones serán realizadas por la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, lo que supone que si no están ejerciendo su cargo serán procesados por la jurisdicción ordinaria.
Ha habido polémica porque para algunos lo que se está aprobando sobre la responsabilidad de los comandantes en los delitos de sus subordinados no está acorde con la justicia internacional, ¿en este punto hay cambios?
Ninguno. Se mantiene el texto tal y como fue aprobado en la Comisión Primera de Cámara porque, entre otras cosas, la jurisdicción en la materia plantea que los Estados son discrecionales al momento de aplicar o incorporar normas internacionales, como el Estatuto de Roma, en sus legislaciones internas.
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