Senado y Cámara le dieron este miércoles su bendición final al primer proyecto de ley para implementar los acuerdos de La Habana: la amnistía, que será pieza clave para que avance el desarme y la reinserción a la vida civil de los integrantes de las Farc.
Pese a tener que sesionar en plena época de fin de año, los congresistas cumplieron con la cita y aprobaron la iniciativa, la cual deberá ser sancionada por el presidente Juan Manuel Santos para que entre en vigor.
Precisamente, el jefe de Estado fue uno de los primeros en agradecer al Legislativo por su compromiso. “Gracias al Congreso que con votación histórica aprobó Ley de Amnistía, primer paso para la consolidación de la paz”, escribió en su cuenta de Twitter.
El proyecto aprobado este miércoles por el Legislativo beneficiará a miembros de la guerrilla señalados del delito de rebelión y otros conexos y a agentes del Estado (especialmente integrantes de la Fuerza Pública) investigados por delitos menores. (Lea también: 'Esta no es una amnistía general': asesor de las Farc)
Según el Ministerio de Justicia, solamente 4.100 guerrilleros presos podrían beneficiarse de la aplicación de la amnistía. Fuentes cercanas a las Farc estiman que en total serían unos 15.000 excombatientes los beneficiados.
La votación más apretada de este miércoles se dio en Senado, donde el proyecto superó su paso por el Congreso solamente por un voto (se requerían mínimo 68 y fue 69-0). En Cámara, el debate escasamente duró algunos minutos y no tuvo mayores tropiezos.
Las bancadas del Centro Democrático, único partido que se opone a gran parte de lo acordado en La Habana, se retiraron al momento de las votaciones y solamente participaron del debate.
El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, explicó que con esta ley se garantizará “la desmovilización y el desarme de las Farc en el primer semestre del próximo año” y la entrega “de las armas de la guerrilla” a Naciones Unidas.
“Esta es una ley de amnistía que excluye a quienes hayan cometido delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio”, aclaró una vez más el ministro Cristo. (Además: Cuatro líneas claves del proyecto de amnistía que aprobarían este año)
Las palabras del funcionario significan que los excombatientes, ya sean de las Farc o de la Fuerza Pública, que estén señalados de violaciones, masacres, ‘falsos positivos’ u otros delitos atroces no serán objeto de la amnistía aprobada.
Lo que viene
Una vez esta norma sea sancionada por el presidente Santos, comenzará una operación para determinar quiénes serán los excombatientes que podrán acogerse a la ley y bajo cuál de las tres modalidades que esta contempla.
Los guerrilleros de las Farc a los que los cobije la amnistía de iure, ya sea que estén en libertad o en las cárceles, podrán quedar en libertad luego de que las Farc entreguen un listado al Gobierno Nacional de quienes serían los beneficiados por este primer amparo, previa verificación del Gobierno.
Los integrantes de la guerrilla que tengan que ir a la Sala de Amnistía que se creará con la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) deberán esperar a que se le dé vida a esta. Tanto los que estén libres como los que estén detenidos permanecerán en las zonas veredales a la espera de que se cree esta instancia.
Un elemento adicional del proyecto aprobado este miércoles es que los miembros de las Farc que hayan estado cinco años o más en las cárceles quedarán en libertad condicional hasta que la JEP solucione su situación jurídica.
De estos, los que tengan delitos que sean de conocimiento de la Sala de Amnistía deberán acudir a ella y los que estén señalados por delitos atroces irán al Tribunal para la Paz, el cual conocerá de sus procesos e impondrá las sanciones que correspondan. (También: 'Militares investigados por delitos menores podrían ser reintegrados')
Se espera que la iniciativa sea sancionada en los próximos días por el presidente Santos para que entre en vigor, con lo cual se les dará mayor seguridad jurídica a los integrantes de las Farc y a varios militares que han tomado parte en el conflicto.
Los que se van a beneficiar
Beneficios para guerrilleros rasos
Se contempla una amnistía ‘de iure’ -expresión latina que significa ‘de derecho’- para los guerrilleros inmersos en los delitos políticos (rebelión, sedición, asonada, conspiración y seducción, usurpación y retención ilegal de mando) y los delitos que son conexos.
La norma contempla cuales delitos son considerados como conexos, y dentro de estos están: apoderamiento de aeronaves o medios de transporte colectivo cuando no hay concurso con secuestro; constreñimiento para delinquir; violación de habitación ajena y violación ilícita de comunicaciones.
Para otros excombatientes
El proyecto establece que con la Jurisdicción Especial para la Paz (cuyo trámite comienza en el Congreso el 16 de enero) se debe crear una Sala de Amnistía e Indulto que estudiará, de manera individual, los casos de los excombatientes que tengan delitos más complejos que el político. Es decir, delitos cometidos con ocasión del conflicto armado, como las muertes en combate compatibles con el DIH y la aprehensión de combatien- tes en acciones militares, entre otros. Quienes vayan a llegar a esta Sala deberán esperar, en las zonas de ubicación, a que esté creada.
Para los agentes del Estado
Se contempla la figura de la renuncia a la persecución penal para quienes estén investigados, en el marco del conflicto, por delitos menores, es decir que no sea por crímenes de lesa humanidad o violaciones.
En estos casos se establece que se extingue el proceso, en otras palabras, se acaba el proceso, y se podrán reintegrar a la fuerza respectiva.
Los que estén condenados por delitos menores y hayan cumplido al menos 5 años de la pena quedarán en libertad.
Quienes tengan delitos graves podrán acudir a la JEP.
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