En una sentencia clave para el proceso de paz, cuyos alcances aún siguen generando debate, la Corte Constitucional le dio su bendición al 'fast track', el mecanismo de vía rápida en el Congreso para los cambios normativos, tanto legislativos como constitucionales, que se requieren para implementar el acuerdo de paz con las Farc.
Es, no obstante respetables opiniones en contra, una buena noticia para el país y para la buena salud del proceso, que se conoce además cuando las mismas Farc confirman que 5 de sus mandos en el oriente del país han entrado en disidencia. Sobre esto no hay que llamarse a engaños: como nunca antes, esa guerrilla, la más poderosa del país, está jugada por la paz y por los compromisos de desarme, desmovilización y cumplimiento con las víctimas.
El limbo creado por el resultado del plebiscito ponía a prueba, día a día, la solidez de ese compromiso, y la aprobación por la vía rápida de las leyes y actos legislativos claves, como los que tienen que ver con la amnistía y el indulto amplios y la creación de la nueva justicia especial para la paz, envía a la tropa de las Farc el mensaje de que el Estado va a cumplir con lo pactado.
La Corte ha considerado que el 'fast track' no sustituye la Constitución y, además, que las facultades extraordinarias para el Presidente están debidamente delimitadas tanto en el tiempo como en la materia (única y exclusivamente en temas de paz), y que, asimismo, el control automático de la Corte Constitucional a cada decisión garantiza que no se haya generado una situación en la que el Ejecutivo se convierte en todopoderoso.
La mayoría de los magistrados también consideró que el Congreso es un órgano legitimado para refrendar el nuevo acuerdo, en el entendido de que el proceso de refrendación es de ‘tracto sucesivo’: se inició con el plebiscito del 2 de octubre; el triunfo del No produjo, a su vez, la necesidad de renegociar lo pactado, como en efecto ocurrió, y además millones de colombianos exigieron, con sus votos por el Sí y las marchas y concentraciones permanentes, defender el proceso de paz. Con esos elementos, dice la sentencia, un órgano de representación popular como el Congreso podía concluir el proceso de refrendación y poner en marcha la implementación de los acuerdos.
Por supuesto, habría sido, como en otros casos, deseable contar con un pronunciamiento más directo, o si se quiere menos críptico, sobre la refrendación, que en todo caso es un tema sobre el que volverá la Corte. Pero la urgencia del momento y la inminencia de un año preelectoral que magnifica el riesgo de que la paz termine siendo instrumentalizada por la política obligan a definiciones urgentes. El Gobierno ya radicó el proyecto de amnistía y empezó a entregar los indultos de guerrilleros que no tienen procesos graves. Lo que procede ahora es que se inicie la concentración de las Farc en los sitios acordados para hacer más eficiente la tarea de enfrentar uno de los grandes retos de este y todos los procesos: combatir a esos nuevos grupos que buscarán, como parece haber sido el camino de los expulsados por la guerrilla, seguir pelechando en el millonario negocio de la coca y la minería ilegal a costa de la vida y la tranquilidad de miles de colombianos.
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