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Ponencia en la Corte mantiene vivo el 'fast track' para la paz

El fallo no toca el artículo quinto del Acto Legislativo, pues no era objeto de la demanda revisada.

POLÍTICA
El fast track, el mecanismo de vía rápida en el Congreso para implementar los acuerdos de paz con las Farc, tiene un primer escenario en la Corte Constitucional.
La magistrada María Victoria Calle, quien revisa una de las cinco demandas contra el Acto Legislativo para la Paz (que crea esa figura), les entregó este lunes a sus colegas una ponencia en la que declara exequible la vía rápida legislativa. (Lea además: Mayorías, el desafío del Gobierno para la refrendación de acuerdo)
El proyecto de fallo de la magistrada dice que ese mecanismo no sustituye la Constitución.
La demanda pide declarar inexequibles la reducción de 8 a 4 de los debates necesarios para la aprobación de los de proyectos de acto legislativo (reforma constitucional) y de cuatro a dos los de leyes ordinarias para implementar los acuerdos de paz con las Farc. También, la entrega de facultades especiales al Presidente de la República.
La razón principal de Calle, según fuentes de la Corte, es que las herramientas de justicia transicional no son contrarias a la Carta del 91, pues persiguen una finalidad válida que es la desarticulación de grupos armados ilegales y la búsqueda de la paz. (Además: Mayorías se preparan para avalar acuerdo en el Senado)
El proyecto de fallo deja vivo el fast track y no toca el artículo quinto del Acto Legislativo para la Paz, que condicionó la efectividad de su contenido a la aprobación del pueblo mediante refrendación popular.
Ese artículo no fue objeto de la demanda que revisa Calle, por lo que la magistrada lo deja intacto. Sin embargo, contra ese condicionamiento hay tres demandas que podrían tumbarlo. Una de ellas, la más consistente, dice que en el Congreso se violó el principio de consecutividad, pues supuestamente el artículo apareció al final de los 8 debates.
La magistrada no tuvo en cuenta la petición que en este proceso había hecho el exministro de Justicia Yesid Reyes, quien solicitaba hacer una “integración normativa” para que se pronunciara de una vez sobre el artículo quinto.
Así, el escenario más probable, es que la Corte se pronuncie sobre los dos temas en decisiones diferentes.
Para el proceso de paz, el escenario ideal en materia jurídica sería que la Corte deje vivo el fast track pero que, a la vez, tumbe el artículo 5, para poder aplicar los mecanismos del Acto Legislativo para la Paz a pesar del triunfo del ‘No’ en el plebiscito. La Corte debatirá la ponencia de Calle mañana y el jueves. (Le puede interesar: Los desafíos que la paz tendrá en el Congreso)
Sobre las decisiones que debe tomar el tribunal hay polémica. Así, el exmagistrado José Gregorio Hernández considera que el triunfo del No deja legalmente muertos los contenidos del Acto Legislativo para la Paz, pues para que vivan debería haber refrendación popular.
José Roberto Herrera Vergara, expresidente de la Corte Suprema, responde que “la paz está por encima de todo y es un bien jurídico que está debidamente protegido en la Carta Fundamental” y que, en ese orden de ideas, el fast track debería prevalecer.
Archivan demanda
El Consejo de Estado archivó una demanda en la que le pedían anular los resultados de la jornada de votación del plebiscito por la paz, en el que ganó el ‘No’ con un 50,23 % de votos.
El demandante, Hermann Garrido, sostenía que el huracán Matthew afectó las votaciones y llevó a que muchos colombianos en el Caribe no pudieran ejercer su derecho al voto.
El consejero de la Sección Quinta del Consejo de Estado, Alberto Yepes Barreiro, terminó y archivó anticipadamente el proceso considerando que, ante la suscripción de un nuevo acuerdo entre el Gobierno y las Farc, “resulta inocuo pronunciarse sobre los resultados de la refrendación de un acuerdo que ya no existe”.
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