A finales del mes de octubre el Mintrabajo expidió el Decreto 1563 del 30 de septiembre del 2016, por medio del cual se establecen las reglas para la vinculación de trabajadores independientes que devenguen uno o más salarios mínimos y el pago de aportes al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL).
La norma les permitirá esta opción a trabajadores de 327 ocupaciones, entre las que están los agricultores, conductores de transporte de carga pesada que son dueños de su propio camión, odontólogos independientes que tienen su propio consultorio, manicuristas que trabajan a domicilio y vendedores ambulantes.
En Colombia, en el momento se encuentran afiliados al SGRL un total de 9’936.693 trabajadores y, precisamente, el Decreto 1563 permitirá incrementar de manera importante esta cifra en un número superior a 1’400.000 trabajadores independientes.
Así que si usted es un trabajador independiente y está interesado en afiliarse al SGRL tenga en cuenta estos requisitos y disposiciones contempladas en el mencionado decreto:
* El periodo mínimo de afiliación es de un mes.
* La afiliación debe efectuarse a través de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) que se elija.
* La cobertura iniciará el día calendario siguiente al de la afiliación.
* El ingreso base de cotización a este sistema debe ser el mismo a los sistemas generales de salud y pensiones, no deberá ser inferior a un salario mínimo ni superior a 25 salarios.
* El no pago de dos periodos consecutivos de las cotizaciones dará lugar a la suspensión de la afiliación por parte de la ARL.
* Se adopta una tabla de cotizaciones mínimas y máximas, así como la tabla de clasificación de ocupaciones u oficios más representativos, con el fin de establecer el nivel de riesgo de estas actividades.
* Encontrarse previamente afiliado al sistema general de seguridad social en salud en el régimen contributivo y al sistema general de pensiones.
* Diligenciar el formulario con los datos del trabajador, las situaciones de tiempo, modo y lugar donde se realizará la totalidad de ocupaciones u oficios.
* Llenar el formato de identificación de peligros de conformidad con las ocupaciones u oficios que desarrollará la persona.
* Entrega del certificado de resultados del examen preocupacional.
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