Desde el martes pasado, Colombia dejó de aplicar el arancel mixto establecido desde el 2013 para las importaciones de confecciones y calzado, y que fue encontrado incompatible por el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC en el caso con Panamá, por exceder en algunos casos el arancel máximo consolidado permitido, según el Mincomercio.
Pero, en su reemplazo, el Gobierno estableció un umbral de 10 dólares por kilo para prendas de vestir y entre 6 y 10 dólares por par de zapatos (dependiendo del tipo de calzado), bajo el cual aplicará temporalmente el arancel máximo consolidado en la OMC (de 40 % y 35 %, respectivamente) y por encima del umbral, aplicará el arancel de 15 % que existió hasta el año 2013.
Asimismo, la Dian aplicará controles aduaneros estrictos para mercancías con precios de importación ostensiblemente bajos, lo que permite fortalecer el sistema de riesgo de las importaciones de productos especialmente sensibles al comercio ilícito, como son las prendas de vestir y el calzado.
De esta manera, con la expedición de los dos decretos, el Gobierno busca fortalecer el control aduanero contra el contrabando y la subfacturación, y cumplir con el fallo de la OMC en la controversia con Panamá.