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"Trámites de la ANTV deben respetar libertades de expresión": Corte

Consejo de Estado falló una demanda a favor de Caracol y RCN Televisión.

JUSTICIA
El Consejo de Estado falló una demanda a favor de los canales de televisión Caracol y RCN al anular algunos apartes de los artículos 1, 7 y 13 de la resolución 759 del 2013 de la Autoridad Nacional de Televisión, mediante la cual se adoptó el procedimiento de asignación de frecuencias radioeléctricas para la prestación del servicio de televisión.
La demanda la habían presentado los dos canales argumentando que algunos apartes de esa resolución atentaban contra la libertad de expresión, difusión y operación.
La Sección Tercera del Consejo de Estado les dio la razón pues encontró que esa norma impone una restricción a las empresas que tienen la concesión para prestar el servicio de televisión "al establecer que bajo ninguna circunstancia el concesionario podrá radiodifundir señales desde la estación de televisión, hasta que la ANTV le informe mediante comunicación escrita al concesionario, que se encuentra autorizado para iniciar operaciones".
El tribunal concluyó entonces que la ANTV "no puede imponer al beneficiario de la asignación de frecuencias la carga de obtener una autorización posterior para el inicio de operaciones de radiodifusión, trámite administrativo que priva al nuevo concesionario de explotar la frecuencia asignada hasta tanto la ANTV comunique el permiso para iniciar operaciones".
En su decisión la Sala dijo que la ANTV, por vía administrativa, "pretende imponer limitaciones a los derechos de libertad de expresión y libre iniciativa privada, lo cual significa un quiebre a los cimientos del Estado Social y Democrático de Derecho".
En este caso, se habría incurrido en una restricción a la libertad de expresión al limitarse la posibilidad de emitir la señal de televisión adjudicada "con el pretexto de constatar el cumplimiento de ciertas condiciones técnicas, lo que constituye una restricción desproporcionada a esta libertad por parte de la ANTV".
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