Por desacatar el fallo de una tutela al no instalar el servicio de energía eléctrica en una vivienda en una vereda de San Carlos (Oriente antioqueño), el juez del Juzgado Promiscuo Municipal de San Carlos, Javier Alejandro López Godoy, declaró que el gerente de EPM Jorge Londoño De la Cuesta deberá pagar dos días de arresto domiciliario y pagar tres salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Desde EPM, la empresa explicó que le respondió al ciudadano que no era posible hacer la instalación del servicio de energía eléctrica, “debido a que por la ubicación de su vivienda no cumplía con lo establecido en la ley 1228 de 2008, que prohíbe la instalación de servicios públicos en inmuebles que, como en este caso, no cumplan con los retiros obligados a las vías y otras consideraciones ambientales”.
Añade que el juez realizó una visita a la residencia, ubicada en la vereda La Garrucha en la que constató que en efecto, esta no cumplía con los requisitos establecidos por ley.
“No obstante, el juez decidió imponer sanción al representante legal de EPM por desatender la orden impartida en el trámite de este proceso”, explica la entidad en un comunicado.
Sin embargo, aclararon que antes de hacerse efectiva la sanción, está sujeta a la revisión del juez que actúa como superior de quien tomó la decisión. Por ende, confían en que la sanción sea revocada. De no hacerse, continuó el comunicado, no se afectarán los recursos de la empresa para el pago de la multa.
EPM aclaró que en ningún momento ha pretendido desconocer la determinación judicial del juez, E indicó que en los últimos cuatro años se han conectado al servicio 105.612 viviendas ubicadas en sitios remotos del departamento, haciendo inversiones en infraestructura por 384.287 millones de pesos.
MEDELLÍN