La Corte Constitucional falló a favor de una demanda que buscaba tumbar una norma del año pasado que impedía que a los ciudadanos se les devolvieran los saldos a favor que resultaran después de pagar el impuesto sobre la renta para la equidad (Cree).
Se trata de la ley 1739 del 2014 que estableció que "los saldos a favor que se liquiden en las declaraciones del impuesto sobre la renta para la equidad (Cree), y su sobretasa, no podrán compensarse con deudas por concepto de otros impuestos, anticipos, retenciones, intereses y sanciones".
El demandante aseguró que la prohibición de compensación de saldos a favor de los ciudadanos en este tipo de impuesto es inconstitucional porque viola los principios de justicia y equidad que debe tener el sistema tributario.
En la demanda el ciudadano alegaba que esa prohibición para compensar los saldos a favor era arbitraria pues, sin argumentos de más, no permitía usar esos dineros para el pago de otros tributos.
La Corte falló a favor del demandante y declaró inexequible la norma porque viola el artículo 95 de la constitución.