En un reciente fallo, la Corte Constitucional le negó a una mujer, detenida en la cárcel de Pedregal en Antioquia, tener a su bebé con ella hasta los tres años de edad, como es permitido en esos casos (T-246/16). En su decisión la Corte no usó la expresión ‘mala madre’, pero sí dedicó gran parte del documento a explicar cuáles son los deberes, no solo materiales, sino afectivos, que los padres tienen con sus hijos.
El tribunal encontró que la mujer, que tiene otros cuatro niños de los cuales desconoce su paradero, consumió drogas durante el embarazo y cuando nació la niña la dejó constantemente bajo el cuidado de terceros que no tenían las condiciones para atenderla. Por eso la Corte, aunque no sugirió que la madre pierda la patria potestad de la menor le negó el derecho a tenerla en la cárcel.
En el documento, el tribunal recordó que cuando “la convivencia para los hijos con sus padres no reporte la estabilidad física y emocional que garantice su desarrollo integral, se deben tomar medidas urgentes”.
Pero esta no es la primera vez que la Corte usa un fallo para pronunciarse en el mismo sentido. Desde 1994 ya se han dado sentencias que hacen expresa referencia al concepto de maternidad y paternidad.
La Corte resolvió el caso de una joven de 15 años que estando embarazada empezó a convivir con un hombre diferente al papá de la bebé que venía en camino, y al nacer, por presión de él, decidió regalar a la niña. (T-339/94)
Después de un tiempo, la menor pretendió, con una tutela, recuperar a la bebé, pues la señora que la tenía no le permitía verla. La Corte emitió una dura respuesta: “No tiene justificación moral alguna el incumplimiento del deber de recepción y sobre todo cuando se desatiende a la propia hija, con quien se tiene un vínculo natural, por complacer a un eventual compañero sexual”.
El fallo señala que la maternidad no es un asunto biológico, sino “una actitud afectiva y espiritual que se fundamenta en el amor”, e incluso dice que la actitud de la joven podría ser causal de la pérdida de la patria potestad de la bebé.
En el 2014, la Corte se pronunció sobre el caso de una menor que tuvo que dejar sus estudios para cuidar a su hermano menor. La abuela de la niña terminó interponiendo una tutela para garantizar su derecho a la educación. (T-044/2014)
El alto tribunal falló para proteger los derechos de la niña y señaló que el hecho de ser padres debe ser asumido “con un alto compromiso y responsabilidad”.
“Entre los deberes que deben ser asumidos por los padres está el de la educación, que no consiste únicamente en dar ejemplo (...) sino en inscribir a los hijos en instituciones educativas aprobadas por el Estado ya sean públicas o privadas donde les impartan conocimientos en las diferentes disciplinas”, señaló el Tribunal.
Incluso, llegó a señalar que así estén separados los padres deben mantener “relaciones cordiales las cuales permiten desarrollar un clima de ayuda mutua y de estabilidad” para los hijos.
En otro caso de un menor que era maltratado por su padre, la Corte pidió la intervención de todas las autoridades para frenar los abusos y advirtió que bajo ninguna circunstancia “el padre tiene el derecho a disponer del cuerpo de su hijo”. (T-116/95)
Según información del ICBF, hoy esa entidad tiene 110.224 procesos vigentes de restablecimiento de los derechos de los niños, de los cuales 23.822 son por maltrato, 18.369 por abuso sexual y 6.020 por abandono. En la mayoría de los cuales la responsabilidad directa recae sobre los padres, aunque se tiene que lo último que sucede es la pérdida de la custodia.
Mario Suescún, asesor de los derechos de Infancia, Juventud y Adulto Mayor de la Defensoría del Pueblo, afirma que en Colombia la ley es muy laxa y no sanciona como se debe los abusos de los que son objeto los menores. "No se sanciona penalmente la agresión hasta que no se verifique si hay lesiones personales o una incapacidad. Uno de los cuestionamientos que hacemos es cómo se mide que hay un daño psicológico y cómo lograr que estos casos no queden en impunidad”, dice.
Suescún agregó: "Es muy común que en Colombia se registren casos de maltrato infantil porque los padres piensan que los hijos son de su propiedad o que pueden hacer con ellos lo que quiere o que se les enseña con golpes. Empiezan con una cachetada o un golpe y las situaciones de agresión van aumentando".
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