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Ni ballet ni golpe de Estado

En La Habana no es posible firmar un acuerdo sin las garantías de que lo acordado se cumplirá.

En los últimos días, dos líderes conservadores, el expresidente Andrés Pastrana y el asesor de las Farc Álvaro Leyva, han expresado su interpretación sobre el acuerdo del 12 mayo entre el Gobierno Nacional y esa guerrilla acerca de garantías de seguridad jurídica.
El primero salió al ataque señalando que se está creando un “Estado de transición” a la medida de las Farc, a través del cual se está limitando cualquier escrutinio constitucional del eventual acuerdo (final). El segundo salió en defensa argumentando que se trata de un “ballet constitucional” y que lo que se acuerde en La Habana quedará plasmado de manera automática en la Constitución.
Ambas interpretaciones son falsas y desinforman profundamente a la ciudadanía.
La firma de un acuerdo de paz entre un Gobierno y un grupo armado supone retos políticos y jurídicos de gran envergadura. ¿Cómo convencer a la contraparte de que lo acordado en efecto se cumplirá? ¿Qué le garantiza al Gobierno que las Farc en efecto van a dejar las armas y no podrán acceder más a ellas? ¿Qué les garantiza a las Farc que el Gobierno va a cumplir sus compromisos?
Estas preguntas son especialmente relevantes en contextos de desconfianza exacerbada, acumulada durante más de medio siglo, en los que convencer al otro del valor de la palabra empeñada resulta casi imposible.
Colombia ha decidido construir una propuesta, sin duda novedosa, para tratar de resolver este problema y garantizar que –en caso de que sea aprobado por los ciudadanos– el acuerdo final tenga sostenibilidad en el tiempo y sea efectivamente implementado.
Será la historia la que juzgue si el procedimiento que ha sido diseñado va a contribuir o no al cumplimiento de lo acordado. Pero lo que definitivamente no se puede decir, porque resulta irresponsable y mentiroso, es que en La Habana se está derrocando al Estado de derecho, o que se están eliminando los controles institucionales.
Todo lo contrario: si de algo adolece la propuesta de la mesa de conversaciones es de complejidad en el cumplimiento de la Constitución y de las leyes, porque en su afán por ofrecer garantías de institucionalidad buscó incluir a todos los poderes públicos.
El proceso de incorporación del acuerdo final al ordenamiento jurídico constitucional colombiano tendrá seis pasos, sin los cuales no será posible implementarlo.
El acuerdo especial
En primer lugar, su firma como acuerdo especial en los términos del artículo 3 común a los convenios de Ginebra.
El expresidente Pastrana señala que el acuerdo final no puede constituir un acuerdo especial porque aborda temáticas distintas al Derecho Internacional Humanitario (DIH). Cita, para tal efecto, un comentario de 1958.
Sin embargo, en marzo del 2016 el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) actualizó ese comentario y señaló que “un acuerdo de paz (…) puede constituir un acuerdo especial en el sentido del artículo 3 común (…) si contiene disposiciones extraídas del derecho humanitario”. Eso significa que no solo aquellos apartes relacionados con el DIH serán considerados acuerdo especial, sino todo el acuerdo que los contemple si las partes así lo pactan.
Ahora, como el propio CICR reconoce, la aplicación del DIH depende de que cada país tome medidas de derecho interno para hacerlo exigible. Esto es lo fundamental.
En otras palabras, la firma del acuerdo final como acuerdo especial no genera automáticamente una obligación legal en el plano nacional, ni de su firma se desprende un recurso internacional de exigibilidad jurídica de lo allí contemplado. Para que sea una verdadera garantía, se requiere su incorporación al ordenamiento jurídico nacional.
Por eso, y con el fin de darle legitimidad a lo acordado, una vez el acuerdo haya sido firmado, el segundo paso será su refrendación popular.
Según el expresidente Pastrana, con una “minoría mínima” los colombianos quedarán expuestos al desmán antidemocrático. Eso tampoco es cierto.
En primer lugar, el proyecto de ley de plebiscito para la paz –que se encuentra bajo revisión de la Corte Constitucional– no hizo una reducción del umbral, sino una transformación del tipo de umbral.
Como explicó el reconocido jurista Rodrigo Uprimny en la audiencia pública de la Corte el jueves pasado, el cambio de un umbral de participación a uno de aprobación busca fomentar la participación (por el sí o por el no) y evitar la promoción de la abstención. ¿No es esto más democrático?
En la práctica, un umbral de aprobación del 13 por ciento es equivalente a un umbral de participación del 25 por ciento, que es lo que hoy se exige para la consulta popular.
El expresidente Pastrana fue elegido con poco más de seis millones de votos y Óscar Iván Zuluaga (Centro Democrático) obtuvo casi siete millones de votos en la última elección presidencial. Para derrotar el acuerdo final, se requiere movilizar a cuatro millones de colombianos por el no; de ahí que difícilmente podrán acusar al Gobierno de amañar el plebiscito.
Ganará el sí o el no, dependiendo de cuál opción seduzca más votos. Si el pueblo colombiano no aprueba mayoritariamente el acuerdo final, éste simple y llanamente no se podrá implementar y será necesario construir uno nuevo.
Mucho se ha dicho sobre si el acuerdo de seguridad jurídica está condicionado o no a la refrendación popular. El Presidente y el Congreso ya han dicho que así será, pero si es necesario hacerlo más explícito, el octavo debate del acto legislativo de implementación del acuerdo de paz, que tendrá lugar la próxima semana, será la oportunidad ideal para hacerlo.
De ser aprobado por los ciudadanos, el tercer paso será que el acuerdo final sea incorporado al ordenamiento jurídico colombiano mediante una ley.
Esto nunca ha sucedido en Colombia. Tanto con las guerrillas como con los paramilitares, los acuerdos de paz eran documentos simplemente políticos que firmaban los Gobiernos de turno y los respectivos grupos armados, sin que los ciudadanos, el Congreso ni las altas cortes tuvieran participación. En esta oportunidad, el Congreso será libre de adoptar o no como ley el acuerdo final.
Y si ello fuera poca garantía democrática, el acuerdo de seguridad jurídica establece como cuarto paso la revisión previa y automática por parte de la Corte Constitucional. Este hecho significa que hasta que la Corte lo revise, no entrará en vigencia y no podrá ser implementado.
De ninguna manera se establece, como afirma erróneamente el expresidente Pastrana, que el narcotráfico y el secuestro serán amnistiados. Sin embargo, si hay contenidos del acuerdo contrarios a las obligaciones del Estado colombiano –como el expresidente sugiere–, el proceso de incorporación jurídica del acuerdo garantizará que la Corte Constitucional ejerza los controles institucionales y no permita la implementación de acuerdos que sustituyan a la Constitución.
El quinto paso será la sanción presidencial de la ley de incorporación del acuerdo. Solo después de todo lo anterior, como sexto paso, podrá el acuerdo final ingresar al bloque de constitucionalidad.
De ahí que –al contrario de lo señalado por el expresidente Pastrana y Álvaro Leyva– el acuerdo no pasa de la pluma de Humberto de la Calle e ‘Iván Márquez’ a la Constitución.
Se requiere la participación de los ciudadanos, del Congreso, de la Corte Constitucional y finalmente del Presidente antes de que pueda ingresar a la Constitución. No se trata, entonces, de un golpe de Estado ni de un ballet constitucional para hacerles trampa a los ciudadanos.
El proceso de refrendación popular del acuerdo final y los pasos para su incorporación al ordenamiento jurídico colombiano están inspirados en un profundo respeto por el principio democrático.
Serán los colombianos quienes tomen la decisión de si el acuerdo se implementa o no.
De ser aprobado el acuerdo final, el objetivo de todo este procedimiento es garantizar que la paz pase de ser una política de Gobierno a una política de Estado a través de la cual no solamente se silencien los fusiles, sino que se fortalezca el Estado social de derecho en todo el territorio nacional.
Es muy triste ver cómo los críticos del proceso de paz, al ver agotados sus argumentos, acuden a sofismas y mentiras para continuar su oposición. Eso no es juego limpio, sobre todo en un tema tan importante para el futuro del país.
JUANITA GOEBERTUS ESTRADA*
Para EL TIEMPO
* Coordinadora de justicia transicional de la Oficina del Alto Comisionado para La Paz.
En Twitter: @juagoe
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