La Fiscalía presentó un documento en el que pide que se declare inconstitucional. Asegura que este "desconoce y modifica el contendió de la figura de plebiscito, pues establece que la decisión del pueblo es vinculante".
Según Perdomo, el proyecto "tergiversa drásticamente esta figura, pues le da el poder vinculante y jurídico a un mecanismo que en esencia tiene un carácter político".
Para el Fiscal encargado, la Constitución del 91 estableció el perfil del plebiscito estableciendo que es una figura que el presidente activa para preguntar sobre el apoyo de una decisión del Ejecutivo.
Dice, además, que los mecanismos de participación ciudadana que tienen carácter normativo no lo tiene el plebiscito, que tampoco tiene el poder de cambiar la constitución. (Además: 'Quiero entregarle la paz al pueblo para que él decida': Santos)
De otro lado, Perdomo dijo que el alcance que le dio el Congreso es inconstitucional también porque "limita el poder de las ramas del poder frente a la paz".
Afirmó que el plebiscito aprobado en el legislativo limita las facultades constitucionales del presidente de la república y del Congreso. "Tal y como está concebido tiene la vocación de modificar sus facultades y de demás órganos institucionales respecto de la paz", afirmó Perdomo.
"Las facultades constitucionales del presidente no pueden ser limitadas por una votación", dijo Perdomo, afirmando que si la respuesta es negativa esto impediría desarrollar los cambios necesarios para la implementación del acuerdo de paz. "Desconoce que la terminación de un conflicto no puede estar sometido a las mayorías", agregó.
Para el Fiscal la paz ocupa un valor primordial constitucional, por lo que su consecución no puede depender de las realidades del momento. "El derecho a la paz no puede depender de ningún resultado electoral. La paz como materialización del conflicto es un derecho que no debe depender de la opinión mayoritaria, sino que debe ser un bien valioso que se tiene que resguardar". (Además: Mayoría académica a favor del plebiscito)
Agregó que "no es posible preguntarle al pueblo si quiere terminar el conflicto, como tampoco es posible preguntarle si está de acuerdo con la esclavitud".
Juristas defienden un mecanismo de refrendación
El director de Dejusticia, César Rodríguez, aseguró que el plebiscito es necesario porque con el "estaríamos aumentando o potenciando la participación democrática y no le estaríamos dejando decisiones tan importantes al Gobierno o a una contraparte".
Para Rodríguez, el plebiscito tiene efectos jurídicos: "sostenemos que un sí, con el umbral del 13 por ciento aprobatorio, implicaría una obligación de desencadenar una serie de actos institucionales, no solo del Ejecutivo".
En caso de que el no gane, dijo Rodríguez, esto implicaría que "el Gobierno no podría desencadenar la serie de actos jurídicos que tendría que desarrollar si el sí gana".
Afirmó que no es un mecanismo insólito y que en el mundo otros procesos de paz han tenido refrendaciones complejas.
También rechazó las voces de opositores que afirman que el plebiscito sería inconstitucional porque pone a votación de las mayorías el derecho mismo a la paz. "El plebiscito no está regulando o desconociendo el derecho a la paz, ni derogando la Constitución, sino estableciendo un mecanismo para ejercer ese derecho".
Jomary Ortegón Osorio, representante del colectivo de abogados, aseguró que no es exacto afirmar que con una consulta ciudadana se estarían sustituyendo las competencias legislativas en la materia -como dicen opositores- porque esta consulta desarrolla un elemento esencial de la Constitución como es "la participación ciudadana".
Sin embargo, Ortegón dijo que la figura del plebiscito no es la adecuada porque históricamente este ha sido entendido como un mecanismo de participación ciudadana para apoyar o no una política gubernamental.
Dijo que, si bien no tiene una extensa reglamentación, tampoco eso significa que no la tenga. Por esto propuso que la Corte de en su fallo "una fórmula jurídica que sería modular la sentencia en el sentido de cambiar la palabra plebiscito por un mecanismo especial de refrendación de acuerdos para la paz".
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