El ministro de Justicia, Jorge Eduardo Londoño, asegura que el Gobierno está buscando reformas legales y constitucionales para solucionar el limbo jurídico de los exparamilitares que se reintegraron y fueron inhabilitados.
¿Son estás inhabilidades una bomba de tiempo?
Sí. Las inhabilidades y la existencia de antecedentes judiciales son un obstáculo serio para la reintegración económica y social, y para la construcción de la paz. Como son condenados por concierto para delinquir, quedan inhabilitados para contratar con el Estado, tramitar tarjetas profesionales y acceder al sistema financiero. Por ejemplo, según cifras de la ACR, más de 500 personas en reintegración que han terminado estudios de Derecho no han podido ejercer sus carreras, pues no pueden tramitar su tarjeta profesional. Debemos promover las modificaciones legales necesarias para lograr la igualdad en términos de reintegración entre los exparamilitares que se acogieron a la ley 1424 y quienes hoy reciben amnistías e indultos, y quienes lo hagan en el futuro, con el acuerdo de paz. (Lea también: Por condenas, 6.459 exparas reintegrados no pueden trabajar)
¿Qué soluciones está buscando el Gobierno?
El Ministerio de Justicia ha advertido la necesidad de idear fórmulas legales e incluso constitucionales. De la mano con la Agencia para la Reintegración y del Alto Comisionado para la Paz, estamos trabajando en proyectos de reforma constitucional, especialmente en una norma excepcional a la prohibición contenida en el artículo 122 de la Constitución, para que se entienda que quienes han terminado satisfactoriamente su proceso de reintegración no pueden quedar inhabilitados para contratar con el Estado. También estamos estudiando cómo hacer para que los antecedentes judiciales no impidan su acceso a la oferta laboral privada.
También los están condenando con multas de más de 1.500 millones de pesos...
Esta circunstancia fue advertida de tiempo atrás por el Gobierno. Por eso, el Ministerio de Justicia, de la mano con la ACR, expidió el Decreto 2637 de 2014 para aclarar que el beneficio de la suspensión condicional de la ejecución de las penas no cobija solamente a la pena principal de prisión, sino también a la pena principal de multa y a las demás penas accesorias que se imponen con la sentencia. Claramente, lo que se buscó fue que se suspendieran también las penas de multa.
La Ley 1424 de 2010 permitió que no pierdan su libertad, pero mantuvo las inhabilidades. ¿Quedó mal hecha?
Podemos decir que como Estado nos costó mucho encontrar una fórmula para resolver la situación jurídica de los excombatientes paramilitares rasos. De hecho, intentamos dos esquemas distintos, antes de llegar a la Ley 1424. Esta ley se expidió en tiempo récord y respondió a los condicionamientos y estándares impuestos por la Corte Constitucional. Es un experimento interesante de combinación de mecanismos judiciales y extrajudiciales de justicia transicional. Sin duda, no se previó en su momento el asunto de las inhabilidades.
JUSTICIA