Una mujer que durante 46 años fue la esposa de un ciudadano que falleció en el 2012 y la compañera permanente que este hombre tuvo en sus últimos años de vida podrán cobrar, cada una, la mitad de la pensión que el cotizante había aportado a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP).
La Corte Constitucional tomó esta decisión al fallar a favor de una mujer de 83 años que interpuso una tutela contra la UGPP porque se negaba a reconocerle la mesada de su esposo muerto, afirmando que ya había sido reclamada por otra mujer que figuraba como su compañera. (Lea también Relación con pareja de un compañero laboral puede ser causa de despido)
La esposa del pensionado aseguró en el proceso que se casaron el 14 de abril de 1949 y que vivieron juntos hasta 1995; de esa unión tuvieron tres hijos. Aunque dejaron de convivir, no se separaron legalmente y el pensionado tuvo una relación sentimental con otra mujer.
Por haber convivido con el fallecido durante casi cinco décadas, la mujer pidió que le reconocieran la mitad de la pensión, alegando la vulneración de su derecho a la salud, seguridad social y a la vida.
Al revisar su caso, la Corte recordó que aunque la Ley 100 de 1993 no previó lo qué sucedería si se presentara un conflicto entre cónyuges y compañeros permanentes que se creyeran con derecho de reclamar la pensión de sobreviviente o la sustitución pensional, la jurisprudencia de la Corte Suprema ha dicho que la mesada puede dividirse. (Además, El triángulo amoroso que justificó el fallo sobre causal de despido)
“La pensión de sobrevivientes puede ser reconocida a las dos en proporción al tiempo de convivencia con el fallecido o puede ser reconocida a ambas en partes iguales, con base en criterios de justicia y equidad”, dice al fallo.
Además, señala: “La cónyuge sí tiene derecho a una porción de la pensión de sobrevivientes, así no haya convivido con el pensionado durante los últimos cinco años anteriores a su fallecimiento, ya que solo basta con que pruebe que convivió con este durante más de cinco años en cualquier tiempo”.
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