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La violencia sexual debe atenderse como una urgencia médica
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La violencia sexual debe atenderse como una urgencia médica

Corte ordenó a las entidades de salud brindar de manera obligatoria los protocolos a esas víctimas.

Por: SALUD 01 de marzo 2016 , 08:56 p. m.
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Siempre que una víctima de violencia sexual llegue a una institución de salud, su caso debe ser tratado como una urgencia médica y recibir un manejo integral, que incluye no solo el diagnóstico, sino también pruebas y tratamientos dirigidos a evitarle infecciones de transmisión sexual, embarazos no deseados y, en caso de ser necesario, acceder al aborto.

Así lo estableció la Corte Constitucional con la sentencia C-754, que obliga a las entidades prestadoras de salud “a brindar todos los servicios necesarios para la recuperación física y mental de las víctimas de toda forma de violencia sexual, incluido el aborto, sin necesidad de denuncia, accediendo de manera inmediata, gratuita, confidencial, digna e integral”.

Con el fallo, expedido el pasado 10 de diciembre, también se vuelve obligatorio el cumplimiento de los protocolos de atención a estas víctimas.

Si bien las rutas o guías de atención existen desde hace varios años, las clínicas y hospitales, tanto públicos como privados, tenían la potestad de decidir si las aplicaban o no, pero con la sentencia ya no es un tema optativo.

Al amparo de este fallo, el Ministerio hizo extensivas esas guías para todo tipo de violencia, tanto la física (incluidos los ataques con ácido) como la psicológica, y la atención también debe ser integral. (Lea también: 'Se necesita una ruta de atención viable y auditada')

Vale recordar que desde el 2012, en conjunto con el Instituto Nacional de Salud, el Ministerio de Salud venía consolidando un sistema de vigilancia de violencias, gracias al cual se identificaron (entre el 2012 y el 2014) cerca de 168.000 casos en el país. Del total de esos reportes, el 82 por ciento son mujeres y el 16 por ciento, hombres, y más de la mitad de las víctimas son menores de edad.

De acuerdo con Ricardo Luque, coordinador del Grupo de Sexualidad, Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos del Ministerio de Salud, “la sentencia de la Corte es de lejos uno de los más significativos avances en materia de protección y restitución de derechos a estas víctimas”.

No obstante, Luque señala el peso negativo que en el uso de estas rutas tiene el desconocimiento de la gente sobre ellas. “Hemos detectado que las víctimas o sus allegados tienden a darle prelación a la vía judicial, lo que se traduce en una pérdida de tiempo valioso en el despliegue de acciones sanitarias conducentes a prevenir infecciones de transmisión sexual, embarazos no deseados y hasta complicaciones derivadas de daños orgánicos”, indica Luque.

Al funcionario también le preocupa el hecho de que esta situación siga dándose por la falsa creencia de que al no existir lesiones evidentes, la vía de la salud puede esperar. “Al diferir esta vía se retarda también, de manera preocupante, la intervención desde el ámbito psicológico, un componente determinante de la atención integral a estas personas”, sostiene.

En el caso de que falle la ruta de atención, el usuario puede dirigirse a la Secretaría de Salud o a la Superintendencia de Salud, entidades encargadas del control y vigilancia de la prestación del servicio.

Los pasos que deben seguir las entidades

El protocolo que deben seguir las instituciones de salud, tanto públicas como privadas, contempla, entre otros pasos, los siguientes:

Educación a la comunidad: Se debe informar e ilustrar a la comunidad de su área de influencia sobre la disponibilidad de estos servicios y cómo acceder a ellos.

Condiciones de atención: Cada entidad debe vigilar de manera permanente la existencia de herramientas y personal necesarios para garantizar la atención integral de las víctimas, de acuerdo con su nivel de atención.

Atención inmediata: Todo el personal debe estar instruido para atender a estas víctimas en el marco de los servicios de urgencias, eliminando obstáculos e independientemente del tiempo que haya transcurrido entre el hecho violento y la consulta.

Valoración clínica inicial: Debe elaborarse una completa historia clínica, que incluya exámenes genitales y anales de las víctimas y la elaboración de un diagnóstico específico para su registro.

Toma de muestras: Deben practicarse todos los exámenes diagnósticos que el caso amerite, y eso incluye desde serologías y búsqueda de infecciones leves hasta tamizajes para VIH y antígenos contra hepatitis B.

Profilaxis: La víctima debe recibir tratamiento preventivo para infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH sida, desde el primer momento. De igual modo se debe brindar la anticoncepción de emergencia y la posibilidad de acceder a la interrupción voluntaria del embarazo.

Atención psicológica: Las víctimas tienen derecho a recibirla y las instituciones de salud, la obligación de proveerla, en todos los casos.

Seguimiento: Los hospitales deben establecer un protocolo de seguimiento de los pacientes, para mantenerlos en contacto con el sistema de salud. De ser necesario, deben remitirlos a otras entidades para complementar tratamientos.

Restablecimiento de derechos: Desde el sistema de salud deben activarse, a partir del primer momento, todas las instancias de otros sectores, para permitir el restablecimiento de derechos de las víctimas.

Confidencialidad: Los protocolos deben garantizar la confidencialidad y reserva de datos para proteger la dignidad de las víctimas y al propio personal de salud, que acaba conociendo los hechos.

¿Cómo actuar ante ataques con ácido?

Las autoridades de salud han afinado las rutas y protocolos dirigidos no solo al personal de salud, sino a los primeros respondientes de un ataque con ácido.

En líneas generales, estas guías contemplan:

1. Pida ayuda: Reporte de inmediato el caso a la línea de atención de emergencias 123.

2. Ponga a salvo a la víctima de toda situación amenazante: ubíquela en un lugar seguro.

3. Inmediatamente lave la zona afectada con abundante agua que corra, no utilice líquidos o sustancias diferentes, como jabones, hielo, aceite o café. Evite que al lavar el corrosivo toque otras áreas del cuerpo no afectadas. No toque a la víctima sin la debida protección; si puede hacerlo, retire todos los accesorios, incluidos relojes y joyería.

4. No retire la ropa de la víctima; esa es una tarea exclusiva del personal de salud, que además debe trasladarla enseguida al hospital.

Qué no se debe hacer

1. Bajo ninguna circunstancia frote las heridas ni reviente ampollas.

2. No suministre medicamentos, alimentos o bebidas.

3. Asuma la situación con calma, transmita tranquilidad a la víctima.

SALUD

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