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Norma contra ataques con ácido pone tope a ventas de estos productos

Norma contra ataques con ácido pone tope a ventas de estos productos

Invima maneja un registro que facilita el control y el actuar de autoridades, asegura su Director.

26 de noviembre 2015 , 05:18 p. m.

La Ley 1639 de 2013 reglamentada por el Decreto 1033 de 2014, que fue aprobada ayer por el Senado y está próxima a ser sancionada por el presidente Juan Manuel Santos, tiene como objetivo fortalecer las medidas de prevención, protección y atención integral a las víctimas de crímenes con ácido, álcalis o sustancias similares o corrosivas que generen daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano.

En este sentido, y con el fin de prevenir futuros ataques con este tipo de sustancias, reglamenta la comercialización de estos productos y determina crear un registro de control para la venta al menudeo de sustancias que generen daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano (capítulo II, artículo 3).

Este registro, según la Ley, estará a cargo del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) y permitirá identificar la procedencia del producto e individualizar cada uno de los actores que intervinieron en su proceso de comercialización, así como un registro de los consumidores de estos.

Según Javier Humberto Guzmán, director del Invima, desde el 2013 esta entidad lleva el registro de venta al menudeo de ácidos, álcalis y substancias corrosivas o similares.

“Actualmente, tenemos 1.440 establecimientos inscritos activos, los cuales han reportado un volumen de venta equivalente a 254.455 operaciones. Este registro es vital en las investigaciones adelantadas por las autoridades para encontrar a los agresores, ya que cuenta con información crucial como nombre y documento del comprador, fecha de compra, número de factura de la compra, sucursal, ciudad y departamento del establecimiento, tipo de substancia y cantidad”, expresó Guzmán.

En cuanto a las sanciones que impondrá el Gobierno al incumplimiento de esta Ley, el documento determina que, si se comprueba que dichas sustancias fueron adquiridas violando el régimen de regulación de venta y que fueron utilizadas para cometer un acto punible, se cancelará la licencia de funcionamiento o se procederá al cierre del establecimiento que lo vendió.

Asimismo, se prohíbe la venta, tenencia y transporte de estos productos a menores de edad, a personas bajo el efecto del alcohol o de sustancias psicoactivas.

VIDA/SALUD

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