1. ¿Por qué es tan importante el acuerdo anunciado el miércoles en La Habana?
El sistema de justicia aplicable a quienes dejan las armas es uno de los tema más complejos de cualquier proceso de paz, porque los combatientes tratan de conseguir las mejores condiciones posibles, mientras que el Estado está obligado a garantizar el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.
Que las Farc y el Gobierno se hayan puesto de acuerdo en este punto, tras 14 meses de negociación –es el asunto que más tiempo les ha tomado–, es un paso gigante en el camino hacia la firma de la paz. (Lea también: Lo que sigue para cerrar el conflicto con las Farc)
Y, además, ningún proceso con las Farc había llegado al punto de definir fechas para alcanzar un acuerdo final y empezar a dejar las armas (23 de marzo y 23 de mayo del 2016, respectivamente).
2. ¿Es cierto, como aseguran los contradictores del proceso, que se ha pactado un esquema de impunidad para las Farc?
No. De hecho, uno de los mensajes más importantes del acuerdo de esta semana es que las Farc se reconocen como victimarias y no solo como víctimas, posición que habían venido defendiendo.
Para acabar con la impunidad, juzgar e imponer sanciones a los responsables de los delitos cometidos durante el conflicto, las partes convinieron en crear una Jurisdicción Especial para la Paz. Se trata de un sistema autónomo de justicia transicional, cuyas sentencias tendrían el valor de cosa juzgada.
La propia Fiscal de la Corte Penal Internacional reconoció que lo pactado en Cuba “está diseñado para poner fin a la impunidad por los crímenes más graves”.
3. ¿Qué proceso tiene que surtir esa Jurisdicción Especial para la Paz para que sea realidad?
Hasta ahora, el Congreso de la República es el llamado a materializar –desde el punto de vista legal– lo acordado en Cuba. El Gobierno radicó un proyecto de acto legislativo que busca crear una comisión legislativa especial, encargada de convertir los acuerdos en leyes, y otorgarle al Presidente facultades especiales para expedir decretos con fuerza de ley durante 90 días. Para agilizar el cumplimiento de lo pactado, se reducirían los tiempos de trámite legislativo tanto para las leyes como para las reformas constitucionales.
Este acto legislativo terminaría su trámite, a más tardar, en junio del 2016, lo que prácticamente coincidiría con el inicio del desarme de las Farc. Si se aprueba lo propuesto por el Gobierno, la comisión legislativa especial emprendería el trámite necesario para implementar la Jurisdicción Especial para la Paz, que podría estar lista en un mes. (Vea aquí: Sin Farc en guerra, al Eln se le acorta plazo para la paz)
4. ¿Qué alcance tendrá el tribunal especial que se creará y para qué servirá?
El órgano máximo de la Jurisdicción Especial para la Paz será el Tribunal para la Paz, compuesto por cuatro salas de justicia. Será la instancia de cierre de los procesos, como sucede con la Corte Suprema en la justicia ordinaria.
5. ¿Cuándo empezará a funcionar, quienes lo integrarán y cuánto durará?
En principio lo integrarán 20 juristas colombianos, que deberán cumplir las mismas condiciones que un magistrado de alta corte. Existe la posibilidad de que hasta la cuarta parte de sus miembros sean extranjeros, pero el tema está por precisarse. Aún no se ha reglamentado la forma en que serán elegidos los magistrados.
6. ¿Por qué se contempla que haya jueces extranjeros en el Tribunal?
Porque en la guerrilla hay la impresión de que la justicia nacional no les garantiza imparcialidad.
7. ¿Con qué penas se castigará a los autores de delitos graves?
Depende. Para quienes reconozcan su responsabilidad de manera temprana, las sanciones serán de “restricción efectiva” de la libertad de 5 a 8 años. A quienes reconozcan su responsabilidad tardíamente se les impondrá una pena privativa de la libertad de entre 5 y 8 años, que deberá ser cumplida en el régimen de reclusión ordinario, o sea, en una cárcel. Quienes no reconozcan su responsabilidad y sean declarados culpables por el Tribunal para la Paz serán condenados a pena privativa de la libertad de hasta 20 años, que deberá ser cumplida bajo el régimen de reclusión ordinario.
8. ¿Qué quiere decir la “restricción efectiva de la libertad” que se les aplicaría a quienes reconozcan su responsabilidad de manera temprana?
La restricción efectiva de la libertad se refiere a un sistema austero, bajo un régimen de vigilancia y control, pero con un grado de flexibilidad que permita cumplir las funciones reparadoras y restaurativas de las sanciones, como contribuir al desminado o a la sustitución de cultivos.
9. ¿Dónde pagarán esas penas?
El lugar y las condiciones de este régimen no se han acordado. Sin embargo, el presidente Santos aclaró que en ningún caso podrá tratarse de un municipio o una región entera, como se ha dicho, sino de un sitio preciso.
10. ¿Ningún miembro de las Farc va a ir a una prisión?
A prisiones ordinarias irán los que reconozcan sus crímenes de manera tardía y los que no los reconozcan y sean vencidos en juicio en el Tribunal para la Paz.
11. ¿Qué delitos se van a amnistiar o indultar?
A la terminación de las hostilidades, de acuerdo con el Derecho Internacional Humanitario (DIH), se otorgará amnistía o indulto para delitos políticos y conexos. En el caso de las guerrillas, se amnistiará o indultará la rebelión. Otros delitos cometidos en desarrollo de esa rebelión, como el porte ilegal de armas y conductas no prohibidas por el DIH, podrían considerarse delitos conexos. De ninguna manera se podrán considerar conexos al delito político los crímenes de lesa humanidad, el genocidio ni los graves crímenes de guerra. Una ley de amnistía, tramitada por el Congreso, determinará los delitos amnistiables e indultables, y los criterios de conexidad.
12. ¿Por qué es tan polémico el tema de delitos conexos?
Porque algunos sectores lo ven como la puerta por donde pueden entrar delitos comunes que, en su opinión, no tienen un cariz político y, en consecuencia, no merecen amnistía o indulto.
13. ¿Es cierto que se va a indultar el narcotráfico?
Aunque la ley de amnistía será la que defina los contornos exactos de los delitos objeto de este beneficio, es muy probable que el narcotráfico sea tratado como delito conexo, siempre y cuando se demuestre que tuvo relación con la actividad insurgente. La Corte Suprema ya ratificó la conexidad de ambos delitos cuando el narcotráfico financia la subversión.
14. ¿Cuánto podría durar un juicio dentro de la Jurisdicción Especial para la Paz? ¿Habrá un límite?
No se ha definido un tiempo procesal máximo ni una vigencia para el nuevo sistema. El exmagistrado Juan Carlos Henao, asesor del Gobierno, calcula que la Jurisdicción Especial para la Paz no necesitaría más de tres años para evacuar los procesos. El Tribunal para la Paz no podrá juzgar delitos cometidos después de la firma del acuerdo final.
15. ¿Existe el riesgo de un represamiento de expedientes o de un vencimiento de términos?
El Gobierno confía en que no haya un represamiento de expedientes porque muchos guerrilleros serán procesados solo por rebelión y los delitos de conexión más directa, como el porte ilegal de armas, por lo que saldrían del sistema casi automáticamente.
16. ¿El Tribunal está pensado solamente para las Farc?
No. También se les dará cabida a miembros de la Fuerza Pública, a agentes del Estado y a civiles que hayan tenido alguna responsabilidad en el conflicto armado.
17. ¿Los agentes del Estado que hayan cometido delitos graves también irán a ese tribunal?
El Tribunal para la Paz tendría facultades para reabrir casos ya fallados por la justicia ordinaria, relacionados con el conflicto armado, siempre y cuando los afectados estén dispuestos a cumplir los presupuestos de reconocimiento de responsabilidad y restauración de las víctimas.
18. ¿Los agentes del Estado que hayan cometido delitos graves también se podrán beneficiar de las amnistías?
Los agentes del Estado serán sujetos de un tratamiento especial de la justicia que, en relación con el de los guerrilleros, será diferenciado pero equitativo. Sin embargo, no podrán ser amnistiados o indultados porque la Constitución autoriza la aplicación de esta medida a los responsables de delitos políticos y conexos con estos; obviamente, los agentes del Estado no cometen este tipo de delitos. (Lea: Así será la transformación del Ejército para la paz)
19. ¿Las sentencias se podrán apelar?
El Tribunal solo atenderá hechos relacionados con el conflicto y, una vez haya sentencia, no se podrán reactivar los casos.
20. ¿Lo pactado hasta ahora viola los principios de la Corte Penal Internacional?
Gobierno y Farc aseguran que el sistema propuesto no va en contravía con la Corte Penal Internacional porque las más graves violaciones de derechos humanos y los crímenes de lesa humanidad van a ser juzgados, se va a dictar condena y habrá una pena efectiva de privación de la libertad.
21. ¿Los guerrilleros condenados podrán hacer política?
Cuando se hace la paz con un grupo que está en guerra por motivos políticos, la intención es que se incorpore a la vida política sin armas. En ese contexto, se contempla la posibilidad de que los guerrilleros condenados por delitos graves, incluidos los de lesa humanidad y crímenes de guerra, puedan hacer política.
22. ¿Cuál será el castigo para quienes incumplan o reincidan en conductas delictivas?
El presidente Santos afirmó que les caería todo el peso de la ley. Eso implica aplicarles justicia plena, lo que supondría condenas de entre 40 a 60 años.
23. ¿Este esquema de justicia transicional sirve para otros grupos ilegales?
No. Para el Eln, por ejemplo, no aplica porque para que un grupo pretenda acogerse a este sistema tiene que haberse comprometido con la paz y con la dejación de armas. Y no es el caso.
24. ¿Los paramilitares que ya recibieron condena dentro del marco de Justicia y Paz podrán solicitar que sus casos sean revisados por la Jurisdicción Especial para la Paz?
No. Además, las penas que se les impusieron (entre 5 y 8 años) ya se están cumpliendo y muchos están saliendo libres.
25. La justicia de EE. UU. pide a varios miembros de las Farc por sus vínculos con el narcotráfico. ¿Se suspenderá la extradición?
Es uno de los temas más polémicos. La justicia transicional busca darles garantías jurídicas a las Farc de que sus miembros no serán extraditados si le cumplen a la paz. De todas maneras, la extradición en Colombia no es obligatoria, sino discrecional.
26. ¿Las Farc van a entregar sus armas al Gobierno?
La dejación de armas incluye la posibilidad de que estas le sean entregadas a un tercero y, en cualquier caso, serían destruidas. Las Farc no harán política armadas.
27. ¿Cuándo deberían estar totalmente desmovilizadas?
Ese es un tema que todavía está sobre la mesa y que se está discutiendo en un apartado llamado ‘fin de la guerra’. El período está abierto. No obstante, es probable que si en mayo ya se han dejado las armas, el proceso de desmovilización avance al mismo ritmo.
Verdad y reparación para las víctimas
28. ¿Cómo se va a reparar a las víctimas?
Ese es un punto que se está discutiendo en la mesa de La Habana aún. Además de restaurar a las víctimas con verdad, justicia, reparación y no repetición, la discusión se centra en de qué manera las Farc pueden utilizar el dinero que tienen –obtenido ilegalmente en la guerra– para reparar a las víctimas.
29. ¿Habrá compensaciones económicas?
Sí. De hecho, el Gobierno ya empezó con la reparación por la vía administrativa.
30. ¿Qué tratamiento recibirán, después del acuerdo final, los menores de edad que están en la guerrilla?
Como son considerados víctimas, lo que procede en esos casos es el restablecimiento de sus derechos más allá del proceso de desmovilización.
EL TIEMPO
Redacción Domingo