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Ascensores se desploman por falta de mantenimiento

Es la causa del 17 por ciento de los casos y el 55 por ciento se da por fallas mecánicas.

En el norte de Barranquilla, el desplome de un elevador dejó siete personas heridas en el edificio Centro de Profesionales, ubicado en la carrera 43, entre calles 72 y 74. El hecho ocurrió hacia las 10 a. m. del pasado 12 de agosto a causa de sobrecupo, pues el aparato tenía capacidad solo para 4 personas.
En Bogotá, tres meses antes –el 8 de mayo del 2015– un ascensor con nueve mujeres embarazadas se descolgó varios metros, en un edificio de la calle 95 con carrera 47A, sector de La Castellana, donde funciona una empresa de vigilancia. La causa: el elevador presentó una desaceleración y las personas quedaron atrapadas, según información de la Secretaría de Salud.
El Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá, de enero del 2014 a julio del 2015, ha atendido 286 emergencias de personas atrapadas en elevadores. El 55 por ciento se presentaron por fallas mecánicas, el 17 por ciento por falta de mantenimiento y las demás por falta de fluido eléctrico. Tres ascensores se han descolgado entre agosto del 2014 y el 2015, en los que resultaron lesionadas 13 personas, según cifras del Instituto de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (Idiger).
El tema toma relevancia no solo por esta sucesión de hechos, sino porque cerca del 70 por ciento de los predios que hay en Bogotá son de propiedad horizontal, según el censo inmobiliario de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, y buena parte de ellos cuenta con este servicio. De los 2,4 millones de predios con los que cuenta la ciudad, 890.114 son viviendas, es decir, construcciones de un mismo propietario, mientras que para este año se registran 1’539.124 predios en propiedad horizontal.
Este tipo de inmueble, según Catastro, ha aumentado en los últimos 5 años, pues para el 2010 el número correspondía a 1’093.994 y las localidades donde se ha concentrado son Chapinero, Suba, Usaquén y Kennedy.
Dado el incremento de edificios en la capital y con el fin de prevenir accidentes, el Concejo expidió el Acuerdo 470 del 2011, donde se establece la normatividad para los sistemas de transporte vertical –escaleras eléctricas y ascensores–.
Hacerles una revisión anual a los aparatos con empresas certificadas y un mantenimiento mensual son algunas de las responsabilidades que tienen los usuarios (vea el recuadro).
¿Y si se descuelga?
Dependiendo de la altura y velocidad del dispositivo, según autoridades médicas, los efectos de la caída e impacto de un ascensor contra el piso puede generar todo tipo de traumas.
Germán Bernal, médico general y coordinador de urgencias del hospital universitario clínica San Rafael, compara este tipo de accidente – denominado trauma de alto impacto– con el que llegan a sufrir las víctimas de accidentes automovilísticos.
“El tratamiento de estos golpes resulta complicado, debido a que a veces surgen lesiones internas que no son evidentes. Sin embargo, los protocolos médicos indican que una caída desde tres metros y diez centímetros de altura puede originar desde fracturas de cadera y columna hasta desgarros de hígado y aorta, así como obstrucciones pulmonares”, dijo Bernal.
Para Miguel Triana, ortopedista de la Universidad Nacional con más de 50 años de experiencia, la caída de un ascensor puede resultar mortal para sus pasajeros, cuando existen alturas superiores a los nueve metros; es decir, cinco o seis pisos. “A ese nivel, una persona normal, que viaja de pie en un elevador, experimentaría una colisión contra el piso a una fuerza y a una velocidad tal, que sus vértebras sufrirían un aplastamiento, y generarían en su cerebro hemorragia, causa de la muerte inmediata”, añadió Triana.
No obstante, para ambos médicos es complicado predecir con exactitud los efectos de una caída a alturas y velocidades correspondientes a las de un ascensor en picada. “Todos los cuerpos responden de manera distinta a los golpes –añade Triana–. Existen casos de fuertes fracturas generadas por caídas a alturas no mayores a los dos metros, así como personas que han resultado casi ilesas tras impactar contra el suelo, luego de caer cinco pisos”.
El Idiger aconseja
Javier Pava, director Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático.
1. ¿A quién acudir si no están haciendo mantenimiento a los elevadores?
A las alcaldías locales. Allí verifican que se cumpla la normatividad respecto al mantenimiento. También se encargan de tomar medidas correctivas en caso de que el administrador o el propietario del inmueble incumpla con la reglamentación sobre ascensores.
2. ¿Qué hacer en caso de una emergencia?
Entre los botones del elevador tiene que haber uno que comunique directamente con la administración del edificio; también encontrará un número de teléfono al que podrá llamar para pedir ayuda. Además, las edificaciones con elevador deben tener un protocolo que responda de forma inmediata a la emergencia que presente el elevador.
3. ¿Cuáles son las causas más comunes por las que hay accidentes?
Se pueden presentar fallas en el sistema eléctrico del elevador que impiden que funcione bien. También puede ocurrir que el sistema de comando tenga problemas o pueden haber fallas en la programación del elevador. Todo esto se puede evitar con el mantenimiento.
Seguimientos mensuales y revisión anual
La seguridad de los sistemas de transporte vertical, como los ascensores, está reglamentado en Bogotá mediante el Acuerdo 470 del 2011 del Concejo de Bogotá y la Resolución 092 de 2014 del Idiger (Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático). Estas normas obligan a que en las edificaciones se realice un mantenimiento y una revisión generales.
“El mantenimiento de los elevadores se debe realizar cada 30 días. Mientras que la revisión general se realiza anualmente y en ella se verifica el correcto funcionamiento del sistema”, explicó Javier Pava, director del Idiger.
La revisión anual es la más importante y la debe realizar una empresa diferente a la que realiza el mantenimiento mensual; además dicha empresa debe estar certificada por el Organismo Nacional de Acreditación Colombiana (Onac).
Según indicaron en el Idiger, en los ascensores debe encontrarse, en un lugar visible, un registro de la revisión anual para que sus usuarios puedan verificar que se encuentra en óptimas condiciones. También el elevador debe contar con un botón que permita avisar que el sistema presenta alguna emergencia y también un número telefónico, en un lugar visible, que le posibilite al afectado comunicarse. “Cuando el ascensor no responde a los comandos de control, no se encuentra al nivel del piso al que se dirige y presenta cierres rápidos de las puertas son señales de problemas”, aseveró Pava.
Finalmente, debe existir un plan de contingencia en caso de que se presente una emergencia. Quienes incumplan con estas reglas serán sancionados por la alcaldía local y, de acuerdo con el Código de Policía de Bogotá, se contemplan multas de hasta de 50 salarios mínimos diarios legales vigentes.
Redacción EL TIEMPO ZONA
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