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La hora de la verdad

El acuerdo en La Habana debe ser aprobado en un acto legislativo que tumbe o reforme el 02 del 2012.

JAIME CASTRO
La decisión que tomen en La Habana sobre justicia transicional define la suerte del proceso de paz, porque de esa gran decisión dependen la desmovilización de las Farc, la entrega o dejación de las armas y la elegibilidad de los exguerrilleros que participen en política. El acto legislativo 02 de 2012, que reglamenta la novedosa figura de la justicia transicional, tenía que ser desarrollado mediante ley estatutaria que durante tres años no se tramitó, aunque las instancias oficiales competentes celebraron con ese propósito más de 30 costosos contratos con expertos nacionales y extranjeros.
Las Farc no aceptan lo que, a solicitud del Gobierno, aprobó el Congreso como reforma constitucional. Su posición la han hecho conocer divulgando los puntos principales de su contrapropuesta. Piden “amnistía amplia para los delitos políticos y conexos” y la creación de un mecanismo “extrajudicial” que bien puede ser “Sala dentro de la Comisión de la Verdad que imponga sanciones con contenido reparador y restaurador”, pero no penas privativas de la libertad.
Quienes piden estas para los comandantes rebeldes deberían solicitarlas también para los otros actores del conflicto, como son los ganaderos, gremios y empresarios que instigaron el paramilitarismo y los “grupos políticos que están detrás de las actuaciones del Estado”, incluida la cadena de mando, que llega al palacio presidencial y al consejo de ministros. También piden que no queden inhabilitados para ser elegidos quienes hayan cometido “delitos que adquieran la connotación de crímenes de lesa humanidad y genocidio”.
Entre las definiciones del acto legislativo 02 de 2012, que contiene el punto de vista oficial, y la propuesta de las Farc aquí resumida deben decidir los negociadores de La Habana. Los del Gobierno cuentan con la calificada asesoría de Juan Carlos Henao y Jose Manuel Cepeda, reconocidos juristas, aunque no especializados en derecho internacional humanitario y derecho penal, y el profesor norteamericano Douglas Cassel, que, en compañía del Colectivo de Abogados José Alvear, le ganó al Estado colombiano en la Corte Interamericana de Derechos Humanos el caso del bombardeo de Santo Domingo (Arauca). María Isabel Rueda dice que Cassel de asesor del Gobierno es tanto como “llamar al goleador del otro equipo a que sirva de arquero en el nuestro”. Las Farc cuentan igualmente con calificada asesoría que, entre otros, prestan Álvaro Leyva y el jurista español Enrique Santiago, dirigente comunista de Izquierda Unida, abogado cercano al juez Baltasar Garzón, quien también asesoró a nuestra Fiscalía en relación con el tema que se debate.
Hay marcado desequilibrio entre las dos asesorías. Como a veces dicen que la política de paz debe ser de Estado y no de Gobierno, ¿por qué ni siquiera han consultado sobre este complejo asunto a juristas colombianos como Rafael Nieto Navia y Juan Daniel Jaramillo, que con autoridad pueden opinar sobre la Corte Penal Internacional y los organismos que la antecedieron, pues bien conocen, por su experiencia profesional en las cortes de La Haya, cómo han sido y pueden ser el proceder y los juzgamientos de las instancias creadas por la ONU?
Afortunadamente la fórmula que acuerden en La Habana tiene que ser aprobada por el Congreso mediante nuevo acto legislativo que derogue o reforme el 02 del 2012. O por una asamblea constituyente. O por el pueblo en referendo. O por el ‘Congresito’, según la última propuesta del presidente Santos.
JAIME CASTRO
jcastro@cable.net.co
JAIME CASTRO
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