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A la luz del avance del proceso, ¿hay Constituyente a la vista?

Sobre proceso, analista se pregunta cuánto se habrá transitado ya por senda de una constituyente.

En reciente escrito sobre justicia transicional que ha suscitado interés nacional y cuajado debate, el expresidente César Gaviria, sin duda, le hizo un aporte significativo a la historia del conflicto armado colombiano.
Con el peso y autoridad que le da el haber sido jefe de Estado, afirmó que los victimarios de la confrontación son muchos; y que están en todas partes.
Alude a la guerrilla, a los paramilitares, a la Fuerza Pública, a “miembros de la sociedad civil” y a “sectores no combatientes”; entre ellos, puntualiza, hay empresarios del sector privado, políticos, funcionarios públicos de diversos niveles, sin que se escapen del listado los propios jueces. “Miembros de la Rama Judicial que de una u otra manera han sido también protagonistas de ese conflicto y que tienen muchas cuentas pendientes con la justicia colombiana”, agregó.
Se ha entendido que los anteriores señalamientos los ha hecho el señor expresidente porque, como él mismo lo aduce, “como está planteado, el proceso de paz da la impresión de que este puede dejar vivos muchos rezagos y conflictos insolutos de la guerra, que solo se van a resolver algunos de los problemas de los combatientes con la justicia y que se está prestando para que muchos colombianos crean que está únicamente dirigido a resolver los problemas de las Farc con la justicia, y no todos los que se han generado dentro de la sociedad colombiana durante la guerra a lo largo de más de cincuenta años”.
Sin duda, el planteamiento del doctor Gaviria, en cuanto a la multiplicidad de responsables y victimarios, y extensión en el tiempo de la contienda armada, termina coincidiendo en términos generales con la casi totalidad de los doce informes que la Comisión Histórica del Conflicto y sus Víctimas entregó a los plenipotenciarios del Gobierno y las Farc el 12 de febrero pasado en la ciudad de La Habana.
Responsabilidades
En efecto, de la lectura de dichos informes se desprende que la guerra fratricida supera, y en mucho, el medio siglo, y que en ella se involucraron de manera activa y destructiva toda suerte de actores de variados estratos y actividades sociales, tanto del sector público como del privado, y de todos los credos y circunstancias, vinculados por oficio o actividad ya al Estado, ya a la tierra, o al capital, o al trabajo.
Pero al abrir el abanico de responsabilidades con la intención de extender la supuestas ventajas de la justicia transicional a ciudadanos no combatientes que han infringido la ley por haber incurrido en conductas típicas y antijurídicas relacionadas con el conflicto, el presidente Gaviria no solo puso el dedo en la llaga, sino que abrió, para mal de muchos, una caja de Pandora.
Si bien su tesis recibe el aplauso y acatamiento de amigos suyos, congresistas, partidos políticos, columnistas, y del propio Presidente de la República, tanto como para que se sospeche que el Acto Legislativo 1 del 2012 (por medio del cual se establecen instrumentos jurídicos de justicia transicional en el marco del Artículo 22 de la Constitución Política, y se dictan otras disposiciones) sería llevado de nuevo al Congreso para su revisión, no parece haber tenido en cuenta que los conceptos y definiciones jurídicas que dicha reforma introdujo en nuestra Constitución fueron revisados y modulados por la Corte Constitucional al declararla ajustada a la Carta en lo formal y material.
Modulación esta para ser atendida íntegramente por el Congreso en momentos en que se pongan a su consideración las respectivas leyes orgánicas que habrán de insuflarle los verdaderos alcances a la tantas veces cacareada justicia transicional.
En buen romance, lo que se pretende manifestar es que se supone que el sentido cabal de la reforma ya está ahí, en su plenitud, para aplicarse; para agregar, así mismo, que tampoco sopesó Gaviria los efectos jurisdiccionales con todas sus consecuencias que se desprenderían de las competencias de la Comisión de la Verdad que el ya citado acto legislativo ordena crear mediante ley de la República.
Ahora: la insoslayable cortapisa al planteamiento del expresidente radica en que se ha considerado que en La Habana está teniendo lugar, por encima de cualquiera otra apreciación o consideración, un proceso prejudicial. Y no hay tal.
Quien lea cuidadosamente el Acuerdo General encontrará que la palabra justicia aparece en el texto una sola vez. Y esto, para referirse a la justicia social como uno de los propósitos por alcanzar, firmada ya la paz. Téngase claro que en la agenda no se menciona para nada lo relacionado con una justicia transicional como la entienden los no negociadores y ausentes de la mesa del proceso. Por lo que ya se ha rechazado de plano por una de las partes (las Farc-EP) todo lo relacionado con ella; por lo demás, por ser tal justicia producto de iniciativas unilaterales ajenas a la realidad de los compromisos signados, toda vez que han surgido sin atenerse a lo acordado en La Habana el 26 de agosto del 2012, con la firma de los plenipotenciarios y de terceros Estados que hicieron las veces de testigos de su suscripción.
¿Que de quién es la culpa de esto, si alguien la tiene? “Averígüelo, Vargas”.
Sin embargo, si bien la tesis de Gaviria no producirá cambios en la posición asumida por las Farc –ya por boca de sus plenipotenciarios se pudo apreciar que esto es así–, porque están amparadas por el marco del acuerdo de La Habana –inmodificable a estas horas en materia sustancial–, sí repercute en el desarrollo de los mecanismos de búsqueda de la verdad y de la aplicación de la hoy zarandeada justicia transicional, pues nadie tenía presupuestado que un expresidente de la República se lanzara a hacer los señalamientos que el propio César Gaviria, en su condición de tal, puntualizó en su escrito del pasado 15 de febrero.
Al ser asumidos con la seriedad que merecen, como en efecto viene sucediendo, los entes investigadores de la nación tendrán que tomar cartas en el asunto. Y no como el expresidente lo quisiera y propone (ejemplo: nada de penas por omisión para los militares), sino acudiendo a la normativa y sus contenidos y alcances ya definidos y vigentes mientras no se reforme sustancialmente el Acto Legislativo 1/2012 por el Congreso nacional (Constituyente derivado).
Porque lo que indican las poco pertinentes importaciones de doctrinas penales extranjeras, ya empotradas en la Constitución por el Congreso de la República y refinadas mediante sentencia C-759 del 2013 de la Corte Constitucional (haciendo caso omiso de que el proceso de La Habana, por lo acordado en su carta de navegación, es político y no judicial), es que mediante un método de selección, priorización y ponderación, y aplicando el principio de “sistematicidad”, se llegue a los denominados “macroprocesos” a fin de imputar las responsabilidades penales de lo ocurrido en los últimos cincuenta o sesenta y más años a quienes han venido a denominarse “máximos responsables”. ¿Altos mandos militares? (‘falsos positivos’, paramilitares, exterminación de la UP y más). ¿Ministros de Defensa? (‘falsos positivos’, circulares y más). ¿Expresidentes y Presidente de la República? (el artículo 188 de la Constitución lo inviste con el cargo de Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas).
Y comience, estimado lector, a descender en la escala de las jerarquías públicas, políticas y del sector privado. La búsqueda de los “máximos responsables” parece estar a la orden del día. Pero ¿por dónde comenzamos? ¿Por el Ejecutivo? ¿Por el Legislativo? ¿Por la clase empresarial? ¿Ganaderos, hacendados, financistas? (¿?). ¿Quiénes han sido? ¿Quiénes son? “El mandatario (presidente Santos) que desde la Casa de Nariño salió a apoyar la propuesta que sobre esta materia presentó el expresidente liberal César Gaviria (...) afirmó que los casos de sectores sociales, civiles y hasta económicos que tienen relación con el conflicto, pero que no se incluyen en un proceso de paz, son los que podrían fomentar la impunidad” (EL TIEMPO, febrero 17 del 2015). ¿Cuáles son esos casos? ¿Los conocen quienes vienen señalando la necesidad de perseguir a los recientemente revelados delincuentes para aplicarles “penas efectivas, auténticas, y no simples simulacros”, como ya lo afirmó el propio doctor Santos? ¿Quiénes encarnan tales casos? ¿Se conocen sus nombres? ¿Los implicados ya están ubicados?
¿Cuál será la diferencia?
Ojalá el capítulo que se acaba de abrir no termine en boca del agujero negro de la incapacidad estatal. ¿“Mucho ruido y pocas nueces”? Lo que sí comienza a quedar claro es que, como lo señalara el propio alto comisionado para la Paz, doctor Sergio Jaramillo Caro, en la ciudad de Villavicencio el día 17 de febrero, la responsabilidad por el conflicto armado es colectiva.
Parece no haber duda: “No se puede terminar simplemente en un acuerdo político donde cada quien se va para su casa y no pasa nada. ¿Cuál va a ser la diferencia esta vez? Tiene que haber una disposición de todos a reconocer la responsabilidad que les cabe, que nos cabe por el conflicto, una disposición a rendir cuentas. Pero si todos los que tuvieron alguna incidencia en el conflicto, no solamente los armados; todos los que por una razón u otra razón, por omisión o por obligación, se vieron involucrados en el conflicto tienen la disposición de decir ‘sí, y estoy dispuesto a contribuir’, creo que daremos un paso muy grande” (tomado de la página web de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz).
¿Vamos hacia la aceptación de la responsabilidad del Estado como una realidad de a puño, como salida de este callejón de vericuetos, murallas y candados jurídicos que se introdujo al proceso de paz? ¿Comienza a abrirse campo la novedosa doctrina del margen nacional de apreciación, reconocida en fallos de tribunales europeos, para que sea el Estado colombiano, una vez liberado, el que se dé su propia solución, sin injerencia externa? A la luz de lo que viene aconteciendo, ¿cuántos kilómetros habremos transitado ya por el camino constituyente? ¿Constituyente a la vista? Mi Dios así lo quiera.
ÁLVARO LEYVA DURÁN
Especial para EL TIEMPO
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