¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo baxulaft@gmai.com no ha sido verificado. VERIFICAR CORREO

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí.

Archivo

La tutela que ganó una vendedora de aguas aromáticas

Alcaldía local le impuso una millonaria multa por construir una alcoba en su casa sin licencia.

SALLY PALOMINO
Una vendedora de aguas aromáticas a quien le impusieron una multa de 14 millones de pesos que se renovaba cada seis meses, por construir en su casa una alcoba sin licencia, le acaba de ganar el pleito al alcalde local de Usme.
La Corte Constitucional falló a su favor una tutela en la que dejó en claro que se le había negado su derecho al mínimo vital y a la vivienda digna, con la resolución de la alcaldía que la declaró como “infractor de obras”.
La demandante afirma que el sustento de su familia, compuesta por su hija de 32 años que está en condición de discapacidad y su nieto menor de edad, proviene de la venta de agua aromática en la calle, que le representa cerca de 300.000 pesos mensuales.
Por esa razón, decidió construir un piso adicional en su casa ubicada en el barrio Nueva Costa Rica para adecuar una habitación y arrendarla. En su argumentación explicó que la construcción se llevó a cabo con vecinos, amigos e integrantes de su grupo de oración, que le aportaron materiales de construcción, dinero y mano de obra.
Fue entonces cuando la Alcaldía Local decidió imponerle una multa urbanística por 14 millones de pesos “por haber ejecutado obras de construcción sin contar con la licencia de construcción requerida”.
Según la resolución sancionatoria, el valor “se causará cada seis meses, hasta tanto se obtenga la licencia de construcción requerida, con respecto a las obras ejecutadas dentro del inmueble”.
La tutelante pidió a la Secretaría Distrital de Hacienda de la Alcaldía Mayor de Bogotá la suspensión del cobro, teniendo en cuenta su vulnerabilidad económica, pero la Alcaldía le negó su pretensión.
Al resolver el caso, la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada María Victoria Calle, determinó que se vulneró el debido proceso a una persona que “afronta un estado de vulnerabilidad manifiesta cuando le impone una sanción pecuniaria por infracción a las normas urbanísticas, sin ofrecerle un acompañamiento para que la persona pueda adecuar la situación irregular a las normas legales vigentes”.
Sobre el tema la Corte dijo en su sentencia (T-331/14) que las multas urbanísticas que las alcaldías locales o el Distrito impongan deben ajustarse a las condiciones socioeconómicas de la persona sancionada.
El alto tribunal ordenó a la Alcaldía de Usme que se le asigne a la mujer un funcionario que la acompañe en el proceso de legalización de la construcción del tercer piso de su casa, adelantando las acciones tendientes a la expedición de la licencia de construcción y se le facilite el acceso a la información sobre los documentos y demás requisitos que acreditar para obtener la licencia.
Sally Palomino C
JUSTICIA
SALLY PALOMINO
icono el tiempo

DESCARGA LA APP EL TIEMPO

Personaliza, descubre e informate.

Nuestro mundo

COlombiaInternacional
BOGOTÁMedellínCALIBARRANQUILLAMÁS CIUDADES
LATINOAMÉRICAVENEZUELAEEUU Y CANADÁEUROPAÁFRICAMEDIO ORIENTEASIAOTRAS REGIONES
horóscopo

Horóscopo

Encuentra acá todos los signos del zodiaco. Tenemos para ti consejos de amor, finanzas y muchas cosas más.

Crucigrama

Crucigrama

Pon a prueba tus conocimientos con el crucigrama de EL TIEMPO