La Corte Constitucional declaró inexequible el proyecto de reforma al fuero penal militar, que buscaba "blindar" jurídicamente a las Fuerzas Armadas.
Con 5 votos a favor contra 4, se impuso la ponencia del magistrado Nilson Pinilla que buscaba tumbar la reforma argumentando vicios de trámite que impidieron que la reforma pasara el examen en el alto tribunal. (Lea aquí: ¿Qué se cae con la reforma del fuero)
Fueron, según la mayoría, dos los vicios de trámite que hundieron la polémica reforma: la simultaneidad (entre las sesiones de la Comisión I de la Cámara, que aprobó en quinto debate el fuero, y la plenaria de la corporación), y la afectación de "la calidad del debate".
La ponencia del magistrado Pinilla señala que la aprobación de la reforma constitucional en la Comisión I de la Cámara de Representantes, el año pasado, se dio cuando la sesión Plenaria de esa misma corporación ya había comenzado el debate, lo que está prohibido por la Ley Quinta de 1992, que regula la actividad parlamentaria. (Lea también: Los reparos de la ONU y Human Rights Watch al fuero militar).
Es así como durante la discusión del acto legislativo 02 del 2012, se cometió la seria falla de procedimiento, cuando la ley 5, del funcionamiento del Congreso, exige que las comisiones no sesionen mientras haya plenaria.
Ese error, conocida como simultaneidad, echó por tierra la iniciativa que en su momento generó durísimos debates y que fue cuestionada por ONG internacionales y Naciones Unidas.
El segundo vicio, la afectación de "la calidad del debate", dicen los 5 magistrados, se dio porque al notar que las sesiones estaban coincidiendo, se procedió a votar de manera apresurada, sin permitir una discusión profunda de un tema trascendental.
Los vicios, dice la mayoría, son insubsanables. Eso significa que la reforma del fuero militar no existe legalmente, como tampoco su ley estatutaria. En ese orden de ideas, la única salida para el Gobierno será presentar una nueva reforma constitucional, proceso que no se alcanzaría a cumplir antes de que termine el actual mandato presidencial.
Ante eso, el Ministerio de Defensa, Juan Carlos Pinzón, señaló que radicará "con mensaje de urgencia" un nuevo proyecto "para crear y organizar el fondo de defensa para los miembros de la fuerzas armadas involucrados en investigaciones por actos de servicio".
Los magistrados que apoyaron a Nilson Pinilla (el ponente) fueron: Jorge Iván Palacio, Luis Ernesto Vargas, Gabriel Eduardo Mendoza y María Victoria Calle.
A favor de declarar exequible la reforma votaron Mauricio González, Jorge Pretelt, Alberto Rojas y Luis Guillermo Guerrero.
La caída del fuero tumba automáticamente la ley que lo reglamentó, que se aprobó en la pasada legislatura y que provocó nuevos enfrentamientos entre el Ejecutivo y las ONG. (Lea aquí las opiniones divididas entre congresistas ante la caída del fuero militar)
Tras la aprobación de la iniciativa, en noviembre del año pasado, el Consejo de Derechos Humanos (CDH), consideró que esa decisión fue "un retroceso en la lucha contra la impunidad y por el derecho a la verdad".
El CDH señala que es muy preocupante que la reforma constitucional "pueda llevar a que los tribunales militares se hagan cargo de causas que actualmente están siendo investigadas por la Fiscalía General", entre esos asuntos, los "falsos positivos".
El gobierno defendió en su momento que la reforma aparta a la Justicia Penal Militar del conocimiento de siete delitos, para que no haya riesgo de impunidad: los de lesa humanidad, genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado.
REDACCIÓN JUSTICIA