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Jueces y notarios pueden negarse a celebrar vínculos gay: Procuraduría

Advirtió que está prohibido por Constitución formalizar matrimonios entre parejas del mismo sexo.

En una circular dirigidas a todos los funcionarios públicos del país, el Jefe del Ministerio Público aseguró también que si consideran que al formalizar y solemnizar las uniones de parejas del mismo sexo violan su conciencia, están en total libertad de "ejercer el derecho fundamental de la objeción de la conciencia".
También precisó que para formalizar y solemnizar las uniones entre parejas del mismo el contrato debe ser innominado (sin ninguna denominación o nombre) y exhortó a las autoridades administrativas para que se respeten las funciones del legislador y se abstengan de crear e imponer instituciones jurídicas inexistentes.
En sus instrucciones ordena a los procuradores "acompañar y supervisar que los notarios y los jueces les permitan a las parejas conformadas por personas del mismo sexo solemnizar o formalizar el vínculo contractual que tengan o pretendan establecer entre ellas".
"Toda relación social no puede considerarse una familia. El problema es de realidades e instituciones se distingue matrimonio de cualquier otro tipo de unión", señaló la circular, dada a conocer por la delegada para la Defensa de la infancia y la Familia, Ilva Miryam Hoyos.
Según la delegada Hoyos, en este caso la sociedad puede solicitar un referendo si lo considera necesario.
A partir de este jueves las parejas del mismo sexo podrán formalizar su unión solemne ante jueces civiles y notarios, luego de que la Corte Constitucional les reconociera hace dos años el derecho a construir familia legalmente.
El Congreso se abstuvo de legislar sobre las uniones del mismo sexo y tumbó la posibilidad legal de que el vínculo entre esas parejas fuera denominado ‘matrimonio’.
REDACCIÓN JUSTICIA
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