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Publicidad Política Pagada

CASA EDITORIAL EL TIEMPO S.A. (en adelante CEET) informa y reitera a los interesados en publicar avisos de tipo político en los medios de su propiedad que:

Todos los partidos, movimientos y candidatos a cargos de elección popular podrán, en condiciones de igualdad, hacer divulgación política y propaganda electoral en los medios de comunicación de CEET.

Las tarifas especiales y procedimiento de ordenación previstos por CEET para la publicidad política (tanto divulgación política como propaganda electoral) se aplicarán, sin distinción alguna, a todos los partidos, movimientos y candidatos a cargos de elección popular. Dichas tarifas y procedimiento se encuentran disponibles para consulta de cualquier interesado en las oficinas y puntos de venta de CEET. CEET no publicará, en forma gratuita (total o parcialmente), avisos de publicidad política.

Con la entrega de una orden de publicación el anunciante declara (i) que conoce y acepta las políticas y procedimientos establecidos por CEET; (ii) que asumirá la responsabilidad por el contenido del aviso y por el cumplimiento de los topes y demás condiciones aplicables a los mismos; (iii) el anunciante mantendrá indemne a CEET por cualquier reclamación, proceso o investigación que se adelante ante el Consejo Nacional Electoral o la Registraduría Nacional, respecto del contenido del aviso que se solicita. Por lo anterior, el anunciante se responsabiliza ante las entidades antes mencionadas, por el contenido y estructura del aviso solicitado; (iv) acepta que todo aviso publicado en los medios informativos de CEET podrá ser remitido por esta empresa al Consejo Nacional Electoral o a la entidad que corresponda.

Solo se atenderán las ordenes de publicación expedidas y entregadas conforme al procedimiento de ordenación establecido por CEET, y siempre y cuando el anunciante se encuentre a paz y salvo con CEET. En caso de recibirse dos (2) o más ordenes de publicación para un mismo espacio, se acudirá al orden de llegada para dar prelación al anunciante que primero hubiere enviado la orden, siempre y cuando la misma cumpla con los requisitos establecidos en las políticas de CEET.

En cualquier caso, la publicación de avisos estará sujeta a la disponibilidad de espacios que CEET tenga al momento de la solicitud, por lo que el anunciante deberá consultar ante CEET la disponibilidad de espacios y sujeto a la misma, reservar y confirmar la reserva de fecha de publicación con la antelación y horarios que correspondan a cada medio, la cual podrá ser consultada por el anunciante en cualquier momento, de lo contrario CEET se reserva el derecho de disponer de la fecha y el espacio.

El material para la publicación del aviso y/o el comercial a emitir en el espacio publicitario, deberá ser recibido por CEET con la antelación y horarios que correspondan a cada medio, la cual podrá ser consultada por el anunciante en cualquier momento. Todo aviso de publicidad política (propaganda electoral o divulgación política) deberá incluir en su contenido la advertencia de ser “Publicidad política pagada”, “Aviso político pagado” o “Aviso pagado” a opción del anunciante.

El contenido de la propaganda electoral y divulgación política debe respetar los derechos a la honra y buen nombre de los partidos, movimientos políticos y candidatos, y no debe incluir o reproducir símbolos patrios, los de otros partidos o movimientos políticos, ni ser iguales o generar confusión con otros logoptipos previamente registrados ante el Consejo Nacional Electoral. CEET no aceptará órdenes de publicación para el día en que se celebren elecciones. Los partidos, movimientos o candidatos podrán hacer la ordenación en forma directa, o a través de agencias de publicidad, en cuyo caso deberá indicarse la calidad en la que esta actúa.

Será responsabilidad de cada campaña (partido, movimiento candidatos, grupos significativos de ciudadanos y los movimiento sociales) ajustarse a los topes, restricciones y condiciones establecidas en la normatividad que regula la publicidad política. CEET se reserva el derecho de abstenerse de recibir órdenes de publicación cuando tenga conocimiento, por cualquier medio, que con las mismas se violan topes y/o condiciones establecidos en la normatividad.

El día de las elecciones, los medios de comunicación no podrán divulgar proyecciones con fundamento en los datos recibidos por encuestas, ni difundir resultados de las mismas.

Todas las encuestas de opinión de carácter electoral, que quieran ser publicados, deben cumplir con unos requisitos mínimos: a) deberá publicarse la encuesta en su totalidad; b) indicar expresamente la persona natural o jurídica que los realizó o los encomendó, c) la fuente de su financiación; d) el tipo (procedimiento utilizado para seleccionar las unidades muéstrales) y tamaño de la muestra; e) el tema o temas concretos a los que se refiere; f) las preguntas concretas que se formularon; g) los candidatos por quienes se indagó; h) el área (universo geográfico y universo de población); i) la técnica de recolección de datos utilizada (persona a persona, telefónica o por correo); y, j) la fecha o período de tiempo en que se realizaron (fecha del trabajo de campo) y el margen de error calculado.

Para el año 2018, los descuentos aplicables para los avisos políticos serán los señalados a continuación, sobre las tarifas brutas de CEET:

  • EL Tiempo, Portafolio, Llano 7 Días, Boyacá 7 Días, revistas nicho y prensa: 55%
  • ADN: 50%
  • Online: 25%
  • TV: 40%
  • Inserción y distribución print: 30%
  • Impresión Comercial: No se otorgan descuentos.