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¿Blindar el proceso de paz en la ONU? Mejor, no / Análisis

Eventual suspensión de investigaciones de la CPI en Colombia "suena a fachada para la impunidad".

RENE URUEÑA
La semana pasada, el Ministro de Asuntos Exteriores español anunció que su país buscaría impulsar el apoyo del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas al proceso de paz. Esa iniciativa, dijo, podría incluir la suspensión de las investigaciones de la Corte Penal Internacional (CPI) en Colombia, para facilitar así la firma de un acuerdo con las Farc y su implementación. Actualmente, la situación en Colombia es objeto de examen preliminar de la CPI y aún no se ha iniciado una investigación formal. La idea sería suspenderla, en caso de que se iniciara.
Esta idea es un regalo envenenado. Es jurídicamente viable, pero políticamente inconveniente y, por el momento, es mejor que el Santos se olvide de ella.
La iniciativa se enmarca en el Artículo 16 del Estatuto de Roma, que establece un mecanismo conectando a la CPI, que no forma parte de las Naciones Unidas, con el Consejo de Seguridad, que es el órgano político más importante de las Naciones Unidas.
Al crearse la CPI, uno de los problemas centrales fue el nivel de independencia de la naciente Corte respecto a los grandes poderes, como Estados Unidos o Rusia. Algunos decían que la CPI debía ser completamente independiente, pues se trata de una institución judicial. Otros decían que una Corte sin el apoyo de los grandes poderes era una Corte de papel. Pero, para lograr ese apoyo, se necesitaba otorgar a los más poderosos cierta influencia sobre la Corte. En últimas, se llegó al sistema actual: la CPI es independiente pero los grandes poderes, representados en el Consejo de Seguridad, pueden impulsar el inicio de investigaciones o su suspensión temporal.
La idea de España es, entonces, jurídicamente viable. Si se inicia una investigación, la arquitectura de la CPI reconoce, en el corazón del sistema del derecho penal internacional, un rol importante para las consideraciones políticas del Consejo de Seguridad.
Pero, precisamente por ese motivo, la iniciativa es inconveniente. La suspensión de investigaciones es una intervención abiertamente política en un proceso judicial, que suena a fachada para la impunidad y que es vista con sospecha por la sociedad civil y por los gobiernos de otros Estados que no están representados en el Consejo.
Desde que existe la Corte, este mecanismo se ha usado solamente en una ocasión. En el 2002, Estados Unidos buscó “blindar” a sus soldados que participaran en misiones de paz de la ONU. Sin embargo, cuando llegó el momento de renovar el blindaje, el escándalo de las torturas en la prisión iraquí de Abu Ghraib había estallado. Bush decidió no buscar la renovación pues, en ese contexto, usar la suspensión habría reforzado el mensaje de impunidad que él buscaba evitar. Desde entonces, toda iniciativa de usar la herramienta ha fracasado, incluidos los esfuerzos de la Unión Africana de suspender procesos en Kenia y en Sudán.
Conseguir la suspensión en el Consejo de Seguridad no es imposible, pero es políticamente costoso. Los Estados que la promuevan terminan pintados como promotores de la impunidad de criminales de guerra. Se necesita, entonces, mostrar que existe un beneficio tangible que justifique incurrir en semejante costo.
¿Qué se puede ganar con una suspensión?
El Gobierno y las Farc ganan poco. Una suspensión puede ser útil si una de las partes del conflicto se niega a negociar por miedo a la CPI, pero las Farc ya están negociando. En este momento, el problema es si los principales responsables de las atrocidades pagarán cárcel (y cuánta). Para eso, un año de respiro de la CPI no marcará la diferencia: cuando expire el término de suspensión, los responsables seguirán en la mira de la CPI.
Por el contrario, una resolución vinculante del Consejo de Seguridad puede forzar la mano de la Fiscal de la CPI. Hasta el momento, en sus reportes de examen preliminar, la Fiscalía ha enviado señales de que una aplicación apropiada del Marco Jurídico para la Paz puede ser aceptada por la CPI. Después de más diez años de examen preliminar, la Fiscalía de la CPI ha aprendido de la situación colombiana, y las autoridades colombianas han aprendido de la CPI. Esta dinámica de apertura podría verse truncada por una suspensión.
Estados Unidos tiene aún menos que ganar con apadrinar la suspensión en el Consejo. La administración Obama coopera armónicamente con la CPI; una suspensión sería un palo en la rueda en esta reciente armonía. Además, la experiencia de la Ley de Justicia y Paz mostró que nuestro Gobierno está dispuesto a extraditar procesados, sin importar su estatus en el proceso de justicia transicional colombiano. Y, recuérdese, es posible que la CPI no intervenga en Colombia, aún sin la suspensión ordenada por el Consejo de Seguridad. Por eso, Estados Unidos terminaría con el costo de ser percibido como promotor de la impunidad, sin ningún beneficio claro. Y, de paso, le daría la oportunidad a Venezuela, que también forma parte del Consejo hasta el 2016, de discutir en la ONU su papel en el conflicto colombiano.
Finalmente, la sociedad civil tiene también poco que ganar. La suspensión no hará más viable el proceso de paz. Los riesgos jurídicos que enfrenta el proceso son sustanciales, y no se previenen con una suspensión. Por el contrario, una suspensión elimina durante un año la presión que ejerce la CPI para que Colombia inicie procesos penales reales (la llamada “complementariedad positiva” y cierra también un espacio clave para las víctimas, a quienes les servirá tener acceso a la Fiscal de la CPI durante la implementación de los acuerdos de paz.
España sí debe promover una resolución en el Consejo de Seguridad, con lenguaje que apoye el proceso en Colombia, y una paz sin impunidad generalizada, pero no debe incluir una suspensión de la investigación en Colombia.
RENE URUEÑA
Profesor de la Facultad de Derecho y afiliado al Centro de Estudios Internacionales-CEI de la Universidad de Los Andes
(Las opiniones expresadas por los autores que contribuyen en este espacio se hacen a título personal y no comprometen el nombre de las instituciones a las cuales los autores se encuentran afiliados).
RENE URUEÑA
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