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Vándalos, con licencia para colarse en la protesta social

De más de 3.000 capturas cada año, solo se judicializa la décima parte. Condenas alcanzan el 1 %.

JUSTICIA
Nueve de cada diez personas detenidas por participar en desórdenes, agresiones y actos vandálicos durante las diferentes protestas realizadas en el país quedan en libertad.
Esa estadística de la Policía pone en evidencia las dificultades que enfrentan las autoridades para contener los desmanes cada vez más frecuentes en ese tipo de manifestaciones, que muchas veces terminan en bloqueos y daños a la infraestructura de las ciudades, especialmente a los sistemas de transporte público.
Solo los desórdenes en Bogotá en febrero costaron 180 millones de pesos para recuperar los bienes públicos dañados. Y por los destrozos en plena plaza de Bolívar el pasado 1.° de mayo, los bogotanos tendrán que poner al menos 60 millones. Ese es el costo de borrar los grafitis y hasta de cambiar los peldaños del monumento a Bolívar que fueron destruidos.
Las agresiones contra la Policía, que cada vez son más frecuentes, rara vez tienen castigo. Hoy, los lentes de la opinión pública se concentran en Fabián Enrique Vargas, un hombre de 25 años que fue grabado en los desmanes de hace una semana disparando un arma, que resultó ser de fogueo, contra el Esmad. Videos registraron su actuación, y se entregó después de que se ofrecieron 20 millones de pesos de recompensa por información sobre su paradero.
Y aunque está vinculado a un proceso penal por el que podría pagar una pena de hasta ocho años, por violencia contra servidor público, un juez lo mandó para la casa porque consideró que no es un peligro para la sociedad. Otras siete personas que fueron detenidas ese día también están disfrutando de su libertad.
En promedio, cada año son capturadas unas 3.000 personas por este tipo de ataques y amenazas contra las autoridades que tratan de mantener la tranquilidad pública durante protestas y marchas. De ellas, solo unas 300 son judicializadas, y en condena termina una de cada 100.
Uno de los pocos casos judicializados ha sido el de Julián Mulato Escobar, quien está preso en la cárcel Modelo de Bogotá y fue grabado cuando atacaba un vehículo de TransMilenio el pasado 10 de febrero. Otras 11 personas detenidas quedaron libres tras los desórdenes en los que fueron averiados 22 buses del sistema masivo de Bogotá. Una vez más, fueron las cámaras las que lograron que los vándalos tuvieran que dar la cara.
Mulato, a quien la Fiscalía le imputó el cargo de perturbación en servicio de transporte público, ya tenía anotaciones por agredir a un periodista en Cali, por atacar una panadería y por dañar bienes de un particular durante una gresca en Calarcá (Quindío).
Límites a protestas
¿Hasta dónde los pescadores en río revuelto aprovechan los tres permisos para realizar protestas que, en promedio, se realizan cada mes con autorización de autoridades de las grandes capitales? El exfiscal Francisco José Sintura dice que si bien no puede haber esguinces a la hora de defender el derecho a la protesta social, tampoco puede haber huecos que permitan que se cuelen los interesados en generar desmanes.
“En caso de desórdenes y violencia, es potestad y obligación del Estado intervenir por el bien común y la seguridad colectiva”, señaló Sintura. Otro exvicefiscal, Wilson Martínez, dice que no se puede abusar del derecho a la protesta “para dañar el bien ajeno”.
Daniel Mejía, secretario de Seguridad de Bogotá, señala que con la Policía se trabaja en la identificación de grupos organizados que se dedican a cometer desórdenes en marchas y protestas, y que incluso manejan un modus operandi para desplegar sus acciones violentas. Esa investigación, dijo Mejía, busca establecer cómo se financian esos grupos y además judicializar a sus líderes.
En todo caso, las autoridades dependen de la interpretación que den jueces y fiscales a los comportamientos de los manifestantes para establecer si rayaron en lo penal. En la legislación no existe el tipo penal de vandalismo, y aunque los hechos podrían encajar en otros delitos, rara vez se formulan cargos por asonada, perturbación del transporte colectivo, obstrucción a vías públicas.
Y las diferentes medidas ensayadas no han terminado bien. En septiembre del 2013, un intento de la Policía por contener las protestas violentas llevó a la expedición del ‘cartel de los vándalos’. Esa publicación terminó en una demanda de uno de los jóvenes que aparecían en el cartel y quien pide una indemnización millonaria por considerar que se le violó el derecho al buen nombre y la honra.
Polémica directiva
La directiva 008 de la Fiscalía señala que el derecho a la protesta pacífica goza de protección constitucional.
En el delito de perturbación del transporte colectivo y obstrucción de la vía pública solo se podrá tipificar si se cometió a través de medios ilícitos “como el incendio, el disparo con armas de fuego, el empleo de sustancias peligrosas y la violencia contra servidor público”.
En cuanto a la asonada, se podrá judicializar a quien la cometa con dolo, cuando se cause “daño muy grave” contra los bienes y cuando se amenace o ponga en peligro la integridad personal. Dice la directiva que cuando se cometan esas conductas, el fiscal debe valorar “si existen causales de justificación como el estado de necesidad o el legítimo ejercicio de un derecho”. Igualmente, plantea principio de oportunidad en los casos en los que, por ejemplo, se dé la reparación integral de los daños causados y no se repita el comportamiento violento.
JUSTICIA
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