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Procurador emite circular con directrices sobre plebiscito por la paz

Alejandro Ordóñez hizo precisiones sobre fallo de Corte Constitucional. Santos también se pronunció.

JUSTICIA
Aunque el procurador general, Alejandro Ordóñez, aseguró que no puede participar de la discusión sobre el sí o el no en el plebiscito; en un foro en la Universidad de Medellín, el funcionario indicó que la Procuraduría tiene la obligación de vigilar el cumplimiento de la Constitución en todo lo que respecta a ese mecanismo de participación popular.
Insistió en que es competencia del Ministerio Público garantizar que los ciudadanos accedan sin presiones a la votación del plebiscito y ejercer el poder disciplinario e imponer las sanciones que correspondan según la ley. (Lea también: Gobierno responde 60 preguntas del Procurador sobre el proceso de paz)
Ordóñez hizo una disertación sobre las órdenes dadas por la Corte Constitucional en su fallo sobre el plebiscito. "Bastaría la aprobación de los acuerdos en un plebiscito para que todo lo que quisiera el Presidente de la República y Timochenko doblegara a todos los órganos del Estado incluida la misma Corte Constitucional; pero ese riesgo quedó neutralizado por el fallo de la Corte que avaló la ley estatutaria del plebiscito", aseguró.
El Procurador dijo que según la sentencia aprobada por la Corte el resultado del plebscito no modificará nada de la Constitución ni obliga al Congreso a someterse a los dictámenes de "Timochenko, ni del presidente Santos".
Entre las precisiones sobre las órdenes del Tribunal, señaló que con el plebiscito no se está sometiendo a voluntad del pueblo el derecho a la paz sino el acuerdo final de La Habana, la elección debe hacerse con un voto consciente e informado,  el Gobienro debe difundir los contenidos del acuerdo y que la participación de los servidores públicos se debe hacer cumpliendo las leyes estatutarias.
Y anunció que se expidió una circular de cinco puntos para evitar que se cometan fallas disciplinarias relacionadas con el plebiscito:
1. "Los servidores públicos no pueden adelantar actividades para respaldar el "no" o el "sí", en desarrollo de los mecanismos de participación democrática hasta que legalmente se inicie la campaña, bajo el entendido que esta comienza desde la fecha en que la autoridad competente, mediante decreto, determine el día de la realización de las votaciones.
2. Los servidores públicos no podrán utilizar bienes del Estado ni recursos del Tesoro Público, bajo el pretexto de promocionar el plebiscito antes del inicio de su campaña  o durante el periodo de su realización, tal como lo señala la sentencia C-379 del 2016 de la Corte Constitucional.
3. En consecuencia, los servidores públicos que autoricen recursos o el uso de bienes estatales con ese fin, estarían violando la ley y la Constitución y podrían estar incursos en una falta disciplinaria.
4. Las autoridades encargadas de hacer las campañas de "pedagogía" sobre el contenido del Acuerdo Final o los Acuerdos Parciales que realicen instituciones públicas deben ser imparciales, y por tanto, se deben excluir expresiones, mensajes o lemas que hagan alusión al "sí" o al "no".
5. Los servidores públicos a quienes les está permitido la participación en las campañas de los mecanismos de participación deberán tener tanto en la etapa previa y durante la campaña, los deberes, las prohibiciones y las faltas disciplinarias establecidas en la Ley 734 del 2002, como las restricciones establecidas en la sentencia C-379 del 2016 de la Corte Constitucional".
El presidente Juan Manuel Santos, hizo una declaración desde la Casa de Nariño en la que invitó a los funcionarios a decirle sí a la paz "ahora (que están) autorizados por la ley estatutaria".
"Que queda algo en claro, con el fin de dar plenas garantías de equilibrio e imparcialidad, todos los servidores públicos podremos hacer campaña por el sí o por el no, con las limitaciones y restricciones señaladas por la ley", afirmó Santos, quien hizo la declaración rodeado de todo su Gabinete.
Santos también indicó que "se intensificará la campaña de pedagogía y divulgación sobre el contenido de los acuerdos".
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