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Los reparos del Fiscal al proyecto de la nueva Justicia de Paz

'Estas no son normas para la retaliación, sino para la reconciliación', dice Martínez.

JUSTICIA
Tal y como está redactado el proyecto de acto legislativo que crea la nueva Justicia de Paz, las disidencias de las Farc podrían terminar cobijadas con las penas alternativas a pesar de haberle hecho ‘conejo’ a la negociación de La Habana. Esa fue una de las alertas que encendió este miércoles el fiscal Néstor Humberto Martínez, en el arranque de la discusión de las normas que le darán vida a la nueva jurisdicción alternativa.
La Comisión I de Cámara aprobó este miércoles el proyecto de acto legislativo, que pasará la próxima semana a plenaria. Como se adelantan por la vía rápida (fast track), solo se requieren cuatro debates y no ocho.
El Gobierno anunció que tendrá en cuenta los reparos de la Fiscalía y que se analizarán de cara a los próximos debates. Según el Fiscal, en la iniciativa hay zonas grises que incluso podrían dar lugar a que los miembros de las disidencias le saquen el cuerpo a la extradición.
Lo que advierte Martínez es que en la propuesta enviada por el Gobierno al Congreso se establece que “no será posible conceder la extradición en relación con aquellas conductas que sean conocidas por la Justicia Especial de Paz (JEP)”. Pero a la vez ‘blinda’ contra esa figura a “todos los integrantes de las Farc-EP”, sin distinguir entre los que le cumplen al proceso y las disidencias.
Por eso, advierte, es necesario que el artículo “establezca expresamente que no serán extraditados los miembros de las Farc-EP que hagan parte del acuerdo final, siempre que se hayan reincorporado a la vida civil”.
La Fiscalía considera también que es necesario consignar expresamente que ninguno de los beneficios cobijará a los que reincidan en delitos o incumplan los compromisos de verdad plena, reparación y no repetición. “Se trata de una precisión indispensable desde el punto de vista legal, y es fundamental para disuadir a quienes estén llamados a reincidir en el delito” dijo el Fiscal.
Otro tema clave es el de los delitos continuados, como el de la desaparición forzada. La tesis de la Fiscalía es que la justicia ordinaria debe mantener la competencia para cualquier acto ilegal cometido por las Farc después del 1.° de diciembre pasado, cuando entró en vigencia el acuerdo definitivo de paz. En tanto un desaparecido por la guerrilla siga como tal después de esa fecha, lo tendría que investigar la Fiscalía y no los nuevos órganos judiciales.
Algo similar plantea frente a la entrega de menores de edad reclutados. “Los necesitamos en la sociedad para hacerles una reinserción a través de un trabajo psicosocial, no los necesitamos abandonados en las regiones para que sean una nueva fuente de violencia”, dijo el funcionario. (También: Generales (r), listos para levantar la mano ante Justicia para la Paz)
Lo que dice el Fiscal es que mientras menos margen haya de interpretación, más se protegen los buenos resultados del proceso de paz. “En estas materias no se puede ser ligero, no se puede improvisar. En estas materias es indispensable que la pluma excelsa de lo jurídico inspire el régimen de la Jurisdicción Especial, para dar cabida con seguridad jurídica, con certeza para todas las partes concernidas, al régimen de transición”, señaló el jefe del ente acusador.
Y agregó: “Colombia tiene que hacer un tránsito seguro hacia la paz con unas reglas inequívocas (...). Estas no son normas para la retaliación, no pueden serlo: tienen que ser normas para la reconciliación de todos los colombianos”.
En ese ‘tránsito seguro’, el Fiscal incluye la necesidad de que se garantice expresamente que en la Justicia Especial se cierran todas las investigaciones relacionadas con el conflicto, “incluyendo las fiscales y disciplinarias”.
‘Definir el fuero’
La Fiscalía considera también que falta mayor claridad en cuanto a la figura del fuero presidencial. La propuesta que discute el Congreso dice que cuando haya informaciones que comprometan “a una persona que haya ejercido la presidencia” en hechos del conflicto, la JEP compulsará copias a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes. (Además: Por JEP, militares condenados ya podrían recuperar su libertad)
Aunque esta salvedad se tomó para evitar que los presidentes terminaran bajo la jurisdicción de la Justicia Transicional, la Fiscalía advierte que el remedio fue mucho más allá que las actuales normas. Para la Fiscalía, “es claro que el artículo 174 de la Constitución define que la Cámara de Representantes conoce de los hechos u omisiones ocurridos en el desempeño de las funciones presidenciales”, pero dice que esto “no se extiende al conocimiento de actos en que haya incurrido un presidente fuera del cuatrienio en el que ejerció su periodo presidencial”, tal y como lo sugiere la redacción del proyecto.
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