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Polémico beneficio de Corte a culpables de delitos graves

El alto tribunal decidió favorecer con libertad condicional a hombre que secuestró a un menor.

JUSTICIA
La aplicación de las leyes que impiden o restringen beneficios a los condenados por los delitos más graves, como los cometidos contra menores de edad, quedó en vilo por una sentencia de la Corte Constitucional.
Ese tribunal decidió favorecer con libertad condicional a un hombre que secuestró en el 2003 a un menor de edad y que estaba condenado a 30 años de prisión.
Los jueces de ejecución de penas le habían negado el beneficio amparados en la norma que impide esas gabelas a los autores de crímenes graves como secuestro y extorsión, más los cometidos contra niños.
La Corte concedió la tutela y estableció que cuando los jueces estudien si otorgan o no subrogados penales –los beneficios que se les conceden a quienes son investigados o condenados por delitos–, se debe aplicar la ley más favorable, incluso cuando se trata de delitos graves.
Daniel Antonio Guerrero Lizarazo fue condenado por el secuestro de un menor en Villavicencio el 31 de octubre del 2005. El 6 de noviembre del 2015 pidió la libertad condicional. Ahora logrará ese cometido porque la interpretación de la Corte es que, incluso en estos casos graves, las normas favorables al condenado deben prevalecer en materia penal. “La excepción opera entonces cuando la nueva ley es más favorable que la anterior (retroactividad), o cuando la ley anterior resulta más favorable que la posterior (ultractividad)”, dice el fallo.
Ante el fallo, expertos aseguran que la de la Corte Constitucional está dejando en vilo la aplicación de proyectos de ley que buscan reducir los beneficios, por ejemplo, para corruptos, porque en caso dado de una tutela podrían alegar que se apliquen las leyes más favorables.
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