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Corte limita adopción gay a que uno de la pareja sea padre biológico

Tribunal dice que solo pueden adoptar cuando se trate de un hijo biológico de alguno de los padres.

ELTIEMPO.COM
La Corte Constitucional, en votación realizada este miércoles, limitó la posibilidad de que en Colombia las parejas homosexuales adopten.
"Las parejas del mismo sexo solo pueden adoptar cuando la solicitud recaiga en el hijo biológico de su compañero o compañera permanente", señaló el alto tribunal a través de su cuenta oficial de Twitter, una forma de anuncio distinta a la que generalmente emplea la Corte para divulgar sus decisiones. Por lo general, el presidente del tribunal explica públicamente los alcances de las decisiones.
El argumento principal para tomar la decisión fue el que expuso el conjuez Roberto Herrera, quien reiteró que se debía seguir la jurisprudencia de la Corte y permitir que se dé la adopción consentida, es decir, cuando uno de los dos es el papá.
En la decisión, el alto tribunal, en la motivación de esta sentencia, señala que es el Congreso el que debe legislar y sentar las bases sobre la adopción de parejas gay en Colombia.
EL TIEMPO conoció que la decisión contó con cinco votos: los de los magistrados Gloria Ortiz, María Victoria Calle, Jorge Palacio, el conjuez Herrera y Guillermo Guerrero.
La Corte Constitucional ya había fallado en el 2014 sobre el derecho a la adopción homosexual. Precisamente, en ese entonces, al resolver una tutela a favor de una pareja de mujeres (Ana Elisa Leiderman y a Verónica Botero), el tribunal señaló que la adopción era posible solo cuando un miembro de la pareja es el padre o madre biológico. Dicho pronunciamiento aplicaba exclusivamente para ese caso fallado. (Lea también: Los cuatro pro y contra de la adopción gay)
Por su parte, la comunidad LGBTI expresó su molestia por la determinación a través de las redes sociales.
Las claves del fallo
¿Hubo avance?
Sí. Cabía la posibilidad de que la Corte hubiera negado de plano la adopción gay. Decidió generalizar los derechos reconocidos en la tutela del 2014.
¿Quedó corto?
Sí. Varios sectores consideran que el fallo pudo reconocer plenamente el derecho y que la Corte optó por una salida políticamente correcta.
Qué ocurre hoy
Los homosexuales tienen la posibilidad de adoptar, pero no como unidad familiar. En el futuro, podrán hacerlo como familia del hijo biológico.
El Congreso
Aunque el fallo no exhorta al Congreso a legislar, sí señala que es su competencia abordar el tema. Pero los antecedentes no son positivos.
Debate, entre conceptos divergentes del Gobierno y la Iglesia
Con esta decisión, el tribunal terminó rechazando la ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio, en el sentido de dar vía a libre a la adopción de este tipo, cumpliendo con los mismos requisitos que se les exigen a las parejas heterosexuales. (Lea: Victorias y batallas pendientes del movimiento LGBTI en Colombia)
En el último debate en el que se abordó el tema, hace dos semanas, la votación quedó 4-4 y por eso se tuvo que convocar a José Roberto Herrera, nombrado conjuez en el caso, en quien quedó definir el empate.
Su voto se sumó al del resto de la Sala Plena del Corte Constitucional, donde el magistrado Mauricio González estuvo apartado del debate porque participó en la elaboración de la Ley de Infancia, que está en discusión. (Además: Quince países permiten en el mundo la adopción homoparental)
Este martes el Gobierno, por intermedio del ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, le había dado un espaldarazo a la adopción de parejas gais. Cristo dijo que abrir esa opción significaba una garantía más para potenciar los derechos de las minorías sexuales.
Sin embargo, luego de la decisión de la Corte, el Ministro escribió en Twitter que el Gobierno "respeta y acata la decisión" del tribunal. (Lea además: La batalla de la pareja de lesbianas que ganó el pulso en la Corte)
En la otra orilla, la Iglesia católica había advertido que si la Corte Constitucional le hubiera dado el sí a esta modalidad de adopción, podría haberse dado el cierre de proyectos conjuntos con el Estado en materia de infancia y adopción. Además, para el Episcopado, la decisión tenía que haberla tomado el Congreso y no la Corte.
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