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Claves para entender por qué volvieron los toros a Bogotá

Hace 17 años se firmó el contrato que habilitó la plaza la Santamaría para espectáculos taurinos.

JUSTICIA
25 de agosto de 1999. Se firma el contrato de arrendamiento entre el Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD) y la Corporación Taurina de Bogotá (CTB) para la realización de espectáculos taurinos en la plaza la Santamaría.
26 de noviembre de 2004. El entonces presidente Álvaro Uribe Vélez sanciona la ley aprobada en el Congreso que reglamenta los espectáculos taurinos en el país y las actividades relacionadas con los mismos. En la sentencia C-1192 de 2005, la Corte Constitucional declaró exequible esa norma y el reconocimiento del espectáculo taurino como “expresión artística del ser humano”.
16 de mayo de 2006. La Corte Constitucional declaró exequibles las normas que permitían el ingreso de menores de 10 años a las corridas de toros y la posibilidad de que mayores de 14 años hicieran parte de cuadrillas y que “los empresarios y las autoridades públicas les garanticen las condiciones de seguridad previstas en los tratados y convenios de derechos internacional suscritos por Colombia”.
30 de agosto de 2010. La Corte Constitucional se pronunció sobre el Estatuto Nacional de protección de animales y permitió la continuidad de las corridas de toros y otras actividades como el coleo, “siempre y cuando se eliminen o morigeren en el futuro las conductas especialmente crueles contra ellos en un proceso de adecuación entre expresiones culturales” y que “podrán desarrollarse en aquellos municipios o distritos en los que las mismas sean manifestación de una tradición regular, periódica e ininterrumpida”.
6 de febrero de 2011. Se firmó la última prórroga del contrato entre el IDRD y la CTB por cuatro años, el cual estaría vigente hasta el 30 de marzo de 2015.
14 de enero de 2012. El alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, plantea la posibilidad de que la plaza la Santamaría deje de ser usada para la realización de espectáculos taurinos
17 de abril de 2012. Directivos de la CTB se reúnen con funcionarios de la Administración distrital que exigen la eliminación de la muerte del toro en la corrida como condición para continuar el contrato iniciado en 1999.
14 de junio de 2012. La Administración de Bogotá dispuso la terminación unilateral del contrato con la CTB.
12 de julio de 2012. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca resuelve una acción popular y deja en firme la decisión de la Administración de Bogotá y el fin del contrato con la promotora de las corridas de toros.
30 de octubre de 2012. La Corte en la sentencia C-889/12 establece que los alcaldes no pueden prohibir las corridas de toros al considerar que esa práctica estaba autorizada, con algunas condiciones, en la Constitución. La prohibición de esa actividad, dice la sentencia, le correspondería al Congreso.
22 de mayo de 2015. La Corte Constitucional ratifica que la plaza la Santamaría puede ser escenario de espectáculos taurinos y dispone que se debe legalizar el contrato para el reforzamiento estructural del lugar a más tardar el 17 de marzo de 2015 y con un término de ejecución de 19 meses.
En su decisión, la Corte señaló que se vulneraron los derechos “a la libre expresión artística y cultural de la Corporación Taurina de Bogotá, en virtud de la restricción severa a la divulgación o difusión del espectáculo taurino, parte del núcleo esencial del derecho de libre expresión”.
Igualmente, cuestionó que la decisión de la administración del entonces alcalde Gustavo Petro de terminar el contrato con la CTB fue indebida y no tuvo en cuenta que esa actividad esta “legalmente regulada y definida como “expresión artística del ser humano”.
En la Corte hoy están pendientes de decisión dos demandas que buscan extender la protección a los animales establecida en la ley a actividades como las corridas de toros.
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