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Condenados podrán recibir beneficios por colaboración con Fiscalía

'Cirugía' de Código de Procedimiento Penal. Aplicaría en caso de María del Pilar Hurtado.

JUSTICIA
Un ambicioso proyecto de reforma del Código de Procedimiento Penal radicado este jueves por la Fiscalía y el Ministerio de Justicia abre la puerta para que personas ya condenadas puedan obtener beneficios por colaboración.
Aunque esa gabela existía en el viejo sistema inquisitivo, en la reforma que en el 2005 dio vida al nuevo sistema penal acusatorio no fue incluida. Por eso, hoy no hay una vía jurídica clara para que una persona que ya ha sido condenada pueda recibir algún tipo de rebaja de pena si colabora eficazmente con la justicia.
Ese tipo de beneficios se podrían aplicar a casos como el de la exdirectora del DAS María del Pilar Hurtado, quien ya fue condenada por las chuzadas ilegales y a quien el ente acusador le ha ofrecido beneficios si decide declarar en contra de otros supuestos responsables o partícipes de esos seguimientos ilegales.
Según el proyecto presentado en la Comisión I de la Cámara, los beneficios se podrían conceder a un condenado si entrega información “veraz, eficaz y oportuna” que sea útil para la administración de justicia en procesos penales, extinción de bienes o fuentes de financiación, que permita evitar delitos o que lleve a la ubicación de secuestrados desaparecidos o fosas comunes. Como contraprestación a esa colaboración, los ya sentenciados podrían recibir una rebaja de pena de hasta la sexta parte, casa por cárcel, libertad condicional y hasta incorporación al programa de Protección de Testigos.
En todo caso, de ser aprobado el articulado, el acuerdo tendría que ser avalado por un juez de control de garantías y si el testigo no cumple con sus compromisos perdería todos los beneficios.
Pagar paga
En la reforma se establece la figura de la indemnización integral, que permitiría que frente a querellas y delitos como el homicidio culposo y lesiones personales culposas –sin agravantes– se extinguirá la acción penal contra los victimarios siempre y cuando se repare el daño ocasionado.
Esa figura no se podrá aplicar para delitos como el hurto calificado, la extorsión y actos de corrupción y tampoco se podrá conceder al mismo infractor más de una vez.
Tal como lo reveló EL TIEMPO, la iniciativa incluye la posibilidad de que la Fiscalía realice acercamientos con bandas criminales para hacer sometimientos colectivos. Esos grupos no entrarían a un proceso de justicia transicional sino que recibirían rebajas por sometimiento a la justicia como las que hoy existen para todos los delitos comunes.
El fiscal general, Eduardo Montealegre, sostuvo que el proyecto es parte de una estrategia contra el crimen organizado que se viene trabajando con el Gobierno Nacional.
Acusador privado
El proyecto, frente al que subsisten algunas diferencias entre el Ministerio de Justicia y la Fiscalía, en varios puntos, especialmente en la aplicación del principio de oportunidad, incluye la propuesta de “acusador privado” en procesos abreviados para conductas contravencionales, más conocidas como pequeñas causas. En la lista de esos delitos aparecen injuria, calumnia y lesiones menores, entre otros.
El acusador privado será el abogado de la parte afectada. Así, la carga investigativa queda sobre él y se libera, en casos de poca trascendencia, a los fiscales.
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