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Editorial: Acelerador a la justicia

La ley de pequeñas causas es una buena herramienta para lograr una mejor y más pronta justicia.

Editorial .
Si hay un problema sobrediagnosticado en Colombia es el de la falta, cuando no la ausencia total, de justicia. La incapacidad y la indolencia del Estado a la hora de resolver las disputas de cualquier tipo entre los ciudadanos y, sobre todo, de castigar a los que violan la ley, se ha dicho mil veces, son una de esas causas estructurales de la violencia que nos asuela hace décadas, porque son caldo de cultivo de dos situaciones gravísimas. Por un lado, propalan la idea de que delinquir o matonear paga, pues el riesgo de recibir la sanción correspondiente es mínimo. Y por otro, les dan argumentos a aquellos que consideran que si la justicia no actúa, eso legitima que el propio ciudadano la tome en sus manos. Los riesgos que se derivan de esta última salida los hemos aprendido los colombianos a punta de sangre y barbarie.
Todo este preámbulo para resaltar la importancia de que el Congreso haya revivido la semana pasada la ley de pequeñas causas, que la Corte Constitucional había tumbado en el 2010 por vicios de trámite. Seis años le tomó al país volver a contar con una herramienta jurídica que –en esencia– apunta a que los procesos por los delitos menos graves, como los hurtos, pero que a la vez son los que más golpean a los ciudadanos, tengan un trámite judicial mucho más rápido que asegure, en consecuencia, que sí habrá condenas.
La ley, que empieza a regir en el primer semestre del 2017, disminuye de cinco a dos años las audiencias de los procesos por diferentes delitos, lo que en teoría debería traducirse en la aceleración de unos 400.000 procesos que hoy están estancados en los anaqueles de la Fiscalía y los juzgados, según las cuentas del propio Gobierno.
Pero además les da la posibilidad a los ciudadanos, en casos totalmente definidos y siempre con autorización de la Fiscalía, de usar a sus abogados como investigadores, con la facultad de recabar pruebas, acusar e incluso pedir la detención de los responsables de delitos que los hayan afectado. Tremendo reto, que supone a la vez la necesidad de garantizar el ejercicio de ese nuevo derecho a ejercer como acusador privado, pero también a evitar abusos y excesos.
A buena hora se atendieron voces que alertaban sobre disposiciones polémicas que traía el texto original, como la que dejaba virtualmente sin efecto la ley Natalia Ponce y el endurecimiento de penas establecido por esta para los autores de los abominables ataques con ácido.
Así, el país tiene una nueva herramienta legal para lograr una mejor y más pronta justicia. Lo que procede es empezar a aplicarla y llevar sus bondades a la realidad, una materia en la que desafortunadamente los antecedentes no son los mejores. La cuestionada Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura –que, gracias a las polémicas decisiones de la Corte Constitucional que desmantelaron la reforma de equilibrio de poderes tiene una segunda oportunidad sobre la Tierra– debe dar los pasos necesarios para garantizar que no se repita la historia del Código General del Proceso, que en su momento fue llamado por el presidente Juan Manuel Santos la gran revolución en la justicia del país y cuya logística lleva más de tres años sin terminar de implementarse.
editorial@eltiempo.com
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