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Una nueva versión del control previo

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En el pasado, la Contraloría General de la República ejercía lo que se llamaba control previo sobre el gasto público. Esto no sirvió para corregir la corrupción, sino para abrirles un espacio a funcionarios de la entidad, generalmente de todo nivel, para participar en el festín de la corrupción.

Le confirió un enorme poder al Contralor, que no correspondía a sus funciones, y menoscabó la capacidad de control del Estado, lo que dio lugar a tantos abusos que varios contralores terminaron en la cárcel.

Por eso se abolió el control previo y se pasó al control posterior. Se pretendía que el ente de control pasara a ser un auditor de la administración central y que con ello se conseguiera un mejor control. Esto no se logró porque los contralores han querido intervenir en la asignación del gasto y en su aplicación, muchas veces por razones que no eran legítimas, ni siquiera legales, como cuando la Contraloría estuvo manejada en estrecha coordinación con carteles de la droga, o capturada por los sectores clientelistas más voraces del panorama político colombiano, lo cual ha sido la norma, desafortunadamente.

Con la Contralora actual se percibe cierta independencia y deseo de ejercer control por razones que son válidas, aunque también se advierte un evidente deseo de figurar. Entre lo que le corresponde vigilar a la Contraloría está la preservación del patrimonio del Estado y se le notan deseos de acertar en ese campo.

Por ejemplo, le ha informado al Ministerio de Minas que no debe prorrogarle el contrato de explotación de níquel en Cerro Matoso a la empresa que ha manejado esa explotación desde que le compró al IFI ese derecho, y que celebró en ese momento un contrato con la Nación en el que se prevé la extensión del derecho por un período adicional, después de la expiración, que está próxima a ocurrir.

La Contraloría estima que esa renovación daría lugar a un grave perjuicio patrimonial para la Nación y que el ministerio no debe tomar esa decisión. Si este le hace caso y niega arbitrariamente la renovación, como lo pretende la entidad, la empresa demandaría probablemente al Gobierno por incumplimiento, lo que daría lugar a un perjuicio patrimonial para la Nación, que puede ser mayor que el que se pretende evitar.

Esto, sin contar con los costos derivados de tener la mina parada durante años y a los empleados cesantes, o el riesgo de que pase a manejarla alguna entidad con menor experiencia que la actual o menor interés en el bienestar de la región.

Esta manera de intervenir del ente de control tiene, además, un componente de ineficiencia del Estado que hay que considerar. Si el Gobierno admite su argumento, no incurren los funcionarios en el riesgo de que los acusen de perjuicio patrimonial. Si la empresa demanda, el Estado pierde esa demanda y se causan mayores perjuicios, nadie tiene que responder por ellos. A la Contralora, que fue quien causó que se tomaran esas decisiones, nadie le va a exigir responsabilidad por ellas. No está tomando riesgo personal alguno cuando interviene en la decisión y sí puede lucirse o influir para que algo suceda o no se haga. Entonces, la probabilidad de que se tome la decisión equivocada es demasiado grande.

La Contraloría también podría caer en la tentación de intervenir de la misma manera en todas las decisiones importantes del Estado, ejerciendo, en efecto, control sobre ellas y, probablemente, induciendo mayor parálisis en una administración ya paralizada por el temor a los tribunales, al Procurador, al Fiscal y a la Contralora. Se necesita la intervención de alguien más (¿el Presidente, Fernando Carrillo?) para ponerle orden a esto y no dejar que se instituya un régimen de terror ejercido desde los organismos de control en el Estado colombiano.

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