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Mucho se ha hablado en los últimos días del tema de las víctimas de los grupos armados en Colombia. Primero fue con ocasión del decreto 1290 del 22 de abril de 2008 y ahora con ocasión de la aprobación en el Senado de la República del proyecto de ley que establece un régimen indemnizatorio para estas.
El debate, válido desde cualquier punto de vista, debe ser no solo político, sino jurídico, así este último aspecto resulte denso y por lo general reservado a asesores parlamentarios, por los nocivos efectos políticos que puede llegar a tener.
La importancia de este punto atiende al respeto de las instituciones jurídicas vigentes, provenientes de los más elementales principios del derecho e instituidas con el claro objetivo de la justicia, tanto de la víctima como del victimario.
Asiste la razón a los ponentes del proyecto legislativo, cuando afirman que las normas siempre han sido proclives a la protección de los victimarios y no de las víctimas; sin embargo, no es esta razón suficiente para que el Estado asuma obligaciones que en estricto sentido jurídico no le corresponden y que pueden llegar a generar falsas expectativas a una parte de la sociedad que con más encono ha sufrido los rigores de una guerra cobarde.
Que el Estado asuma reparaciones integrales, como responsable directo de hechos en los cuales no tuvo participación activa o pasiva, no es más que una entelequia que conduce a la creación de ficciones sin soporte alguno y que conllevarán más injusticias.
Con elocuencia se citan ejemplos como los de España y Sudáfrica, para justificar la asunción de obligaciones por parte del Estado, frente a las víctimas del terrorismo. Sin embargo, obvian para ello la diferencia sustancial que existe no solo en los motivos políticos y el fundamento jurídico que condujo a la expedición de estas normas, sino los efectos de estas en la comunidad en general.
No es posible comparar la situación de Colombia con la de España, en donde las víctimas mortales de ETA, según las estadísticas del Ministerio del Interior, ascienden a 823 y el ingreso per cápita supera por un amplio margen el de Colombia.
Así mismo, asumir como exitoso el proceso seguido en Sudáfrica no es más que un espejismo, pues el rechazo generado en contra de las víctimas, por el alto costo que supuso el pago de las indemnizaciones que por derecho correspondían a los victimarios y no al Estado, no solo fue generalizado, sino que amenazó con llevar al fracaso el plan de indemnizaciones propuesto.
Es cierto que se debe propender por un sistema de reparaciones serio en favor de las víctimas, pero no lo es menos que el mismo deba ser consecuente con la realidad que se vive en Colombia, so pena de llegar a lo que se conoce como 'doble victimización' y que no es nada diferente de volver a hacer víctima a través del rechazo, las falsas ilusiones, el desconocimiento por parte del Estado o cualquier otro medio, a quien ya ha sido víctima, en nuestro caso, del horror impuesto por grupos armados ilegales que se abrogaron el derecho de defender a quienes con más fuerza se ensañaron en sus acciones.
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