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María Isabel Rueda

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Se enloqueció el manicomio

Publicado el 29 de Junio de 2008

En Colombia, el desprestigio del Congreso ha determinado que nuestro Estado de Derecho funcione sentado sobre la legitimidad del poder presidencial.

Pero la Corte Suprema, por cuenta de la animadversión entre su Sala Penal y el Presidente, puso en duda esa legitimidad, extralimitándose en sus funciones, que solo le permitían llegar hasta la condena de Yidis.

¿En qué se extralimitó la Corte?

Primero, en sugerir la ilegalidad del acto legislativo que aprobó la reelección. ("Resulta incompatible... que un acto jurídico desviado, de connotaciones delictivas, tenga vigencia y ejecutividad"). ¡La Corte podía decir que el voto de Yidis estuvo viciado, pero no extender su juicio a la validez de la reforma constitucional!

Segundo, en considerar comprobado que el otro lado del cohecho lo cometieron unos funcionarios a los que menciona con nombre propio y no tenía competencia de investigar.

Tercero, en que con el envío del fallo a la Corte Constitucional para que "disponga la investigación a que haya lugar", también le envía una instrucción sobre lo que ella debe concluir: que "el delito no puede generar ningún tipo de legitimación constitucional o legal".

Cuarto, en editorializar sobre la conducta de Yidis con adjetivos que no contempla el código penal ( ej. "canonjías impúdicas"). La impudicia del cohecho proviene de una expresión personal e innecesaria de los magistrados, y no de una valoración objetiva de los códigos.

Pero el Presidente cayó en la trampa. Con la propuesta del referendo para repetir las elecciones presidenciales con el propósito de ratificar sus resultados -algo absolutamente exótico en el mundo entero- busca recuperar la legitimidad de su reelección. Se equivocó en materia grave. El referendo está expresamente prohibido para aprobar actos políticos singulares, como sería el de la repetición de las elecciones. Pero además, de proceder, no lograría desactivar el daño que la Corte Suprema le causó a la institución presidencial en cabeza de Álvaro Uribe: la dejó marcada al fuego con la ilegitimidad, pero no pudo hacerlo con su ilegalidad o con su anulabilidad.

¿Por qué digo que la reelección puede ser ilegítima por el origen de su permiso constitucional, pero no es ilegal ni es anulable? Porque la única que podría declarar estas dos condiciones es la Corte Constitucional. ¿Y qué va a hacer ella al respecto? Absolutamente nada.

El fallo de constitucionalidad del acto legislativo que aprobó la reelección es irreversible. Si tuvo vicios en el procedimiento de su aprobación y no se conocieron pasado un año de expedido, de malas. Entra a ser cosa juzgada constitucional, figura imprescindible para preservar la estabilidad y la seguridad jurídica. ¿Qué tal un país con una Constitución en permanente estado de interinidad?

Más aún, la presunción de constitucionalidad del acto legislativo que aprobó la reelección ampara la legalidad de la segunda elección de Álvaro Uribe. Si esta pudiera ser cuestionada, también lo sería cada uno de los actos del Presidente durante estos dos años de gobierno. ¿Se imaginan el desastre?

Si la Corte Constitucional, como imagino, no hará nada con la petición de la Suprema, Uribe se equivocó en hacer una propuesta innecesaria y calenturienta como la del referendo. Y también se equivoca sugiriendo que el fallo no tiene sustento probatorio, porque así no guste, la sentencia de la Corte es de obligatorio acatamiento.

Por lo pronto, el país observa con gran alerta la forma como en este Estado de Derecho, un poder se enfrenta con otro poder, con el fin de apostar a ver cuál de los dos tiene más poder.

¡SE ME OLVIDABA...! ¿De dónde va a sacar la pobre Yidis los 24 millones que le cobró la Corte como multa por el cohecho? Muy fácil: ¡que le pida a Teodolindo que le devuelva los 200 millones que él niega como provenientes de la venta de la notaría, sino que asegura que ella le prestó!

María Isabel Rueda

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