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La justicia transicional es verdadera justicia sin impunidad

No es cierto que el acuerdo esté construido sobre la base de la impunidad para delitos atroces.

FRANCISCO BARBOSA
El tiempo se agota. El 2 de octubre, miles de colombianos saldremos a las calles para hacer efectivo nuestro derecho de participación ciudadana. La decisión que tomemos será histórica. Dejaremos atrás una absurda guerra heredada por las generaciones que nos precedieron o, por el contrario, continuaremos dando tumbos en búsqueda de la salida mágica de nuestros problemas.
Han sido muchos años tratando de resolver la guerra con las Farc a las malas. No pudimos. Por ello, el presidente Santos inició un proceso de paz que, en principio, parecía una nueva salida en falso para el país. Es paradójico que mientras el mundo entero se enfrenta a un terrorismo sangriento, en nuestra tierra se piensa en la paz como alternativa ética para los años venideros.
Ante la inminencia del plebiscito y ante tanta información falsa que circula sobre la justicia transicional, me propongo indicar cinco grandes aspectos que demuestran que el acuerdo, a pesar de ciertos reparos, es una alternativa no solo ética sino jurídica para el país. Sobra decir que el acuerdo en su capítulo de justicia transicional cumple todos los estándares internacionales al poner a las víctimas en el centro del debate y alejar el espectro maldiciente de la impunidad.
En primer término, no es cierto que el acuerdo esté construido sobre la base de la impunidad para delitos atroces. El acuerdo establece que no podrán amnistiarse ni indultarse delitos de lesa humanidad, guerra o aquellos que se establecen en el estatuto de la Corte Penal Internacional. Solo podrán amnistiarse delitos políticos –rebelión, sedición, asonada y conspiración– y delitos conexos. (Numerales 38-41)
En segundo lugar, las personas que financiaron y colaboraron con grupos paramilitares solo podrán ser investigadas y sancionadas por la Jurisdicción Especial siempre y cuando no fueran coaccionados y se demuestre, por ese tribunal, una participación determinante o habitual. Solo en esos casos cabe la investigación y sanción. (Numeral 32)
Un tercer punto tiene que ver con que la concesión de amnistías e indultos no extinguen el derecho de las víctimas a recibir una reparación. En ese sentido, debe insistirse que este sistema tiene validez internacional porque involucra a las víctimas. Ese referente fue el que tuvo Fatou Bensouda, la fiscal de la Corte Penal Internacional, para avalar el sistema de justicia. (Numeral 42)
Un cuarto aspecto muestra que los principios centrales de este acuerdo son la justicia prospectiva, el margen nacional de apreciación y la paz como derecho síntesis. Esos tres pilares sirven para justificar el sistema transicional de justicia con el cual se pretende cerrar el conflicto. (Numerales 3, 4, 5 y 75)
Por último, las sanciones establecidas en esta jurisdicción no pueden asimilarse a las que se establecen en un sistema de justicia retributiva. La justicia transicional tiene un componente de justicia que se adiciona a un imperativo de verdad, de garantías de no repetición y de restauración. La proporcionalidad de las condenas serán objeto de análisis por los jueces de la jurisdicción. Por ello, el sistema respeta la normatividad internacional que exige el cumplimiento de las obligaciones de investigación, juzgamiento y sanción que existen en el acuerdo. (Páginas 151-155)
La paz no se logrará una vez se vote de forma positiva el plebiscito, pero sabemos que se le pondrá fin a una espiral de violencia. Somos conscientes que los retos serán enormes y la implementación de lo acordado comprometerá el esfuerzo de varios gobiernos, pero con tal de salvar miles de vidas de compatriotas valdrá la pena.
No puede seguirse aceptando el manido argumento de que Colombia es un Estado social de derecho inmaculado, con cumplimiento de sus derechos en todo el territorio y con una historia atada al imperio de la ley y a la Constitución. Nuestro país ha andado a tientas por los vericuetos de la historia con más de 200.000 muertos y 8 millones de víctimas a sus hombros. Es hora de dejar atrás el siglo XIX y adentrarnos en la reconstrucción de un país que con su guerra ha traicionado la democracia, el Estado de derecho, sus valores y, sobre todo, a sus gentes.
FRANCISCO BARBOSA
Ph. D. en Derecho Público, Universidad de Nantes (Francia), y profesor de la Universidad Externado de Colombia.
FRANCISCO BARBOSA
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