Muy preocupadas están las altas autoridades por el asunto de los Derechos de Autor. Hay ardiente celo en el gobierno por proteger y amparar el trabajo de los autores. Un celo parecido al de Saturno, que les tiene tanto amor a sus hijos, que los devora.
Basado en "la necesidad de favorecer la investigación y la difusión cultural y salvaguardar el derecho de autor", el Gobierno nacional expidió en abril pasado el Decreto 1070; y en 14 de julio el Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes, el hiper documento 3533 por el cual "Colombia adopta política en materia de propiedad intelectual".
El Decreto 1070 de 7 de abril de 2008 tiene como propósito establecer que las entidades educativas y de derecho público o privado, o los establecimientos comerciales que presten servicios de reprografía (fotocopia, escaner, microfilm etc.) "deben contar con la autorización de los titulares del derecho de reproducción o de la entidad de gestión colectiva que lo represente, para garantizar la debida protección del derecho de autor".
Lego como soy en estas materias intrincadas, no he podido encontrar en qué contribuye esta disposición a favorecer la investigación y la difusión cultural o a "salvaguardar" el derecho de autor. El único derecho que aquí se ampara es el de las empresas editoriales ("sociedades de gestión colectiva") que tienen la propiedad contractual de los derechos de los autores que trabajan con ellas o para ellas, y que están en capacidad de reclamar en caso de que sientan que los servicios de reprografía les lesionan ese derecho. El Autor en particular, es decir, aquél que conserva la propiedad intelectual de sus derechos de publicación o de reproducción, no está en igual capacidad de hacer esa gestión de reclamo porque, como autor individual, no existe, sólo existe si es parte de alguna "sociedad de gestión colectiva", dentro de la cual se diluye. En síntesis, actualmente, ante la ley, el autor no existe, y esa inexistencia queda reafirmada con el decreto 1070/08.
Por otra parte, dicho decreto frustra todas las posibilidades de investigación y de difusión cultural, al vedar a los estudiantes y a cualquier persona, que por lo general carecen de recursos para compra de libros, el derecho como usuarios de sacar una fotocopia sin una autorización que no saben a quien pedirla y que podría salirles más costosa que la propia adquisición del libro. La difusión cultural consiste en que los ciudadanos puedan tener acceso a las fuentes de la cultura sin tanto requisito ni tanto perendengue, que sólo buscan favorecer a las empresas.
También opera desde hace algún tiempo un curioso impuesto denominado "derecho de reprografía", que obliga a toda entidad que preste ese servicio al pago de determinada suma por cada fotocopia, suma que debe cancelarse a un ente de cuyo nombre no me acuerdo, y que se embolsa por este concepto enormes cantidades, que no se sabe a dónde van a parar. En todo caso no al bolsillo de los autores. Este gracioso impuesto se lo trasladan al público los prestadores del servicio de reprografía y en consecuencia ha encarecido el costo de la fotocopia.
El documento Compes 3533 (un documentazo de 52 páginas adornado con toda clase de gráficos y recuadros) estipula las "Bases de un Plan de Acción para la adecuación del Sistema de Propiedad Intelectual (SPI) a la competitividad y productividad Nacional". Desde luego un documento de esta envergadura debería ser sometido a un amplio debate nacional, del cuál sean eje quienes en apariencia son el objeto del "Plan", los intelectuales, y por ende, los autores no burócratas, que no aparecen por ninguna parte como partícipes en la elaboración del documento 3533.
Una rápida lectura de ese documento, que apenas me llegó hace dos días, me permite deducir que el SPI no tiene otro objeto que proteger los derechos de propiedad intelectual de las empresas, (las patentes, los registros, etc.) y que en el SPI los derechos individuales del Autor o Creador cuentan cada vez menos, si es que algo cuentan. En el concepto de incorporar la actividad intelectual "a la competitividad y productividad nacional" lo que se pretende es enajenar la capacidad creadora de los individuos en provecho de las corporaciones.
Por ejemplo, en la redacción del documento Conpes 3533 participan los Ministerios de: Relaciones Exteriores, Comercio Industria y Turismo, Educación Nacional, Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Cultura e Industria y Comercio, además de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, el Instituto Colombiano Agropecuario y Colciencias. Estas instituciones beneméritas y los sabios burócratas que las integran, disponen de lo que habrá de ser la misión de los intelectuales como partes de la competitividad y productividad nacional, del mismo modo que podrían disponer cual ha de ser la tarea del ganado ovino o del ganado porcino en las mismas actividades. Dicho más claro, el documento Conpes 3533 organiza el modo como debe tratarse el "ganado intelectual" para que le rinda el máximo a las empresas que se benefician de la competitividad y la productividad nacional. La tarea de actividad creadora en la literatura, en el arte, en la misma ciencia, como elementos básicos del humanismo, ha dejado de tener importancia. Al menos para el Conpes y para el régimen neoliberal que nos gobierna.
Quizá sea hora de que los autores se pellizquen, como lo hicieron los guionistas de Hollywood, para erguirse en defensa de sus verdaderos derechos a crear sin cortapisas y a vivir del fruto de su trabajo creador. Quizá es tiempo de que los intelectuales alcen su voz para demostrar que no hacen parte de ninguna ganadería.
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