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Cinco irregularidades en el juicio contra el opositor Leopoldo López

Toda clase de vicios procedimentales se presentaron durante el proceso judicial.

VALENTINA LARES MARTIZ
Tras la condena de 13 años y nueve meses a la que fue sentenciado el dirigente político opositor venezolano Leopoldo López, recordamos cuáles fueron las más graves irregularidades en las que se incurrió en este caso.
1. Orden de aprehensión sin investigación previa
Los hechos sobre los que se acusó a Leopoldo López ocurrieron el 12 de febrero del 2014, día en que comenzó la ola de protestas contra el gobierno del presidente Nicolás Maduro y que duró más de dos meses. Pero él no fue apresado in fraganti cometiendo algún delito sino seis días después, el 18 de febrero, sobre la presunción de haberlos cometido sin que mediara una investigación previa por parte de la Fiscalía.
La ley venezolana establece que las detenciones solo pueden practicarse si la persona está en plena comisión del delito o una vez que la Fiscalía ha llevado a cabo una investigación con elementos suficientes para señalar al responsable o, en su defecto, mostrando circunstancias claras que justifiquen la rápida detención.
En el caso de López no ocurrió lo uno o lo otro. Sus abogados explican que su expediente se fue “fabricando” sobre la marcha mientras este ya estaba encarcelado en el penal militar de Ramo Verde.
2. El caso fue presentado en un bus
La premura por presentar a López ante los tribunales quedó en evidencia cuando su primera audiencia, en la que se presenta la justificación para la detención y el juicio, se llevó a cabo en un autobús estacionado a la puerta de la cárcel militar de Ramo Verde y no en la sede del tribunal correspondiente, como manda la ley.
La presentación no fue irregular solo por el lugar de la audiencia sino por la jurisdicción, pues la cárcel de Ramo Verde se encuentra en la localidad de Los Teques, a las afueras de Caracas, mientras que el tribunal que lleva la causa es el 28 de juicio del Area Metropolitana de Caracas. “Esto quiere decir que la jueza se trasladó a hacer actos jurídicos a una jurisdicción donde no tiene competencia”, explica el abogado de López, Juan Carlos Gutiérrez. “Pudo haber venido cualquier juez del país y ordenar la audiencia en una playa o la montaña, totalmente fuera de lo que establece la ley. Lo denunciamos, pero todas las autoridades dijeron que era legítimo”.
3. Negar las pruebas de la defensa
El tribunal que llevó el proceso de López, encabezado por la jueza Susana Barreiros, negó sistemáticamente a sus abogados introducir cualquier elemento de prueba para sustentar los argumentos de la defensa. Videos, mensajes escritos, tuits o testigos a favor de López han sido marginados una y otra vez, motivando a los defensores de López a elevar su queja ante la Corte de Apelaciones y el Tribunal Supremo de Justicia, para que le exijan al tribunal admitir las pruebas.
Sin embargo, estas instancias superiores del poder judicial venezolano públicamente se alinearon con el tribunal y negaron la admisión de pruebas para la defensa. “En documentos judiciales, sentencias perfectamente verificables tanto por la Corte como por el máximo tribunal señalan que las pruebas de la defensa no son necesarias”, explica Gutiérrez. “Para mayor gravedad en el tema probatorio, la jueza cerró abruptamente el lapso de pruebas e impidió que se muestren los videos de los discursos de López”.
4. 108 contra 1
Durante el proceso judicial, la jueza Barreiros permitió a la Fiscalía la presentación de 108 testigos para sustentar la acusación contra López y solo uno a la defensa, con el interesante detalle de que ese único estaba dentro de la lista de testigos de la propia Fiscalía. Además de la falta de equilibrio, algunos de los testigos de la Fiscalía admitieron en sus declaraciones que actuaron “por voluntad propia” y no motivados por las palabras de López, quitando méritos a los alegatos de la acusación en su contra y a los cuatro estudiantes que están siendo juzgados con él.
5. Juicio a puerta cerrada
En favor de la transparencia y la responsabilidad pública, la ley venezolana establece que todas las audiencias de juicio deben ser orales y públicas, pero esto último nunca se cumplió. Estrictamente la familia y escasos invitados pudieron entrar al recinto siempre y cuando no hubieran sido periodistas, políticos y los observadores internacionales, incluyendo funcionarios diplomáticos. Estas cuatro categorías de profesionales estuvieron especialmente vetados por el tribunal.
Algunas veces miembros de las familias de los acusados intercambiaron su puesto dentro de la audiencia para que entrara alguna persona de interés y ninguno de los asistentes pudo entrar siquiera con un lápiz o una hoja, ni hablar de celulares, que eran retenidos en la última de las cuatro estaciones de seguridad que deben pasar para entrar.
VALENTINA LARES MARTIZ
Corresponsal de EL TIEMPO
Caracas
VALENTINA LARES MARTIZ
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