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Justicia

¿Subsidio de vejez? Le enseñamos a solicitarlo ante la Alcaldía

Adultos mayores pueden acceder a subsidio de vejez.

Adultos mayores pueden acceder a subsidio de vejez.

Foto:Archivo El Tiempo

Los adultos mayores que no cuentan con una pensión, pueden solicitar este beneficio. Les enseñamos. 

Perla Toro
En una sociedad que ha tenido un gran desarrollo en la garantía de derechos de los niños, trabajadores, mujeres, etc., no es usual que se haga referencia a los adultos mayores, que, debido a las contingencias de su edad, no pueden valerse por sí mismos y que son relegados de la intensa vida cotidiana de los colombianos.
Pensando en ello, el Gobierno Nacional, en convenio con el Ministerio de Trabajo han creado la iniciativa ‘Colombia Mayor’, un programa que tiene por objetivo la atención de los adultos mayores que no cuentan con una pensión, se encuentran en estado de desamparo o viven en pobreza extrema.
Si usted o alguien que conoce podría estar interesado en el acceso a este subsidio, lo invitamos a leer con atención este artículo.

¿A qué beneficios puede acceder por el programa ‘Colombia Mayor’?

Existen dos tipos de beneficios ofrecidos por el programa:
1. Uno de tipo económico, que representa un monto de dinero entregado al beneficiario.
2. Otro de tipo social, en el que se ofrecen servicios básicos (cuidado, alimentación, etc.) a través de los Centros de Bienestar del Adulto Mayor (CBA) o Centros Día de asistencia.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1. Ser colombiano (a).
2. Tener como mínimo, tres (3) años menos de la edad que se necesita para acceder a una pensión de vejez, es decir, 54 años para las mujeres y 59 años para los hombres.
3. Estar clasificado en los niveles 1 o 2 del Sisbén y carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir.

Con el programa 'Colombia mayor' puede aspirarse a dos clases de beneficios: uno de tipo económico y otro de tipo social.

4. Cumplir con alguna de las siguientes condiciones:
• Vivir solo con un ingreso mensual que no supere medio salario mínimo legal mensual vigente.
• Vivir en la calle y de la caridad pública.
• Vivir con la familia con un ingreso familiar inferior o igual al salario mínimo legal mensual vigente.
• Residir en un Centro de Bienestar del Adulto Mayor.
• Asistir como usuario a un Centro Diurno de asistencia para adultos mayores.
5. Haber residido durante los últimos diez (10) años en Colombia.

¿Cómo puedo solicitarlo?

Para solicitarlo, el interesado debe dirigirse personalmente con su cédula original y fotocopia ampliada de la misma ante la Alcaldía u Oficina de Atención al Adulto Mayor del lugar donde reside y allí solicitar la inscripción.

¿En cuánto tiempo me lo dan?

No existen tiempos máximos ni mínimos de entrega de la ayuda, pero existen ciertos criterios que le dan prioridad para acceder al subsidio:
1. La edad del aspirante.
2. La minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante.
3. Personas a cargo del aspirante.
4. Ser adulto mayor que vive solo y no depende económicamente de ninguna persona.
5. Pérdida de subsidio por traslado a otro municipio.
6. Fecha de solicitud de inscripción al programa en el municipio.
7. Madres comunitarias sin acceso al Sistema General de Pensiones.
Conozca cómo acceder a un subsidio de vejez

Conozca cómo acceder a un subsidio de vejez

Foto:Archivo El Tiempo

Me falta poco para la pensión, ¿puedo aplicar?

En efecto puede aplicar siempre y cuando el interesado acredite que ha perdido la capacidad económica para continuar realizando aportes al Sistema General de Pensiones y que ha llegado a la edad de 65 años.
En este evento, el adulto mayor deberá informar que con este subsidio realizará el aporte al Sistema General de Pensiones con el fin de cumplir los requisitos para obtener su pensión.
Esta posibilidad de utilizar el subsidio de adulto mayor para aportar a pensión solo se otorgará cuando al beneficiario le hagan falta máximo 100 semanas de cotización y le dará prioridad para acceder al mismo.
Fundación Derecho Justo
Si desea asesorarse sobre estos asuntos, quiere más información o está interesado en algún tema, escríbanos a simpleyfacil@derechojusto.org
Perla Toro
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