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Claves para entender los cambios y acceder a la libreta militar

Se espera que este jueves se vote la conciliación del proyecto en Senado y Cámara y quede listo para su sanción presidencial.

Se espera que este jueves se vote la conciliación del proyecto en Senado y Cámara y quede listo para su sanción presidencial.

Foto:Jaime Moreno / EL TIEMPO

Cinco preguntas que le ayudarán a entender de qué se trata los beneficios de la nueva ley.

Andrea Morante
1. ¿Si ya tengo un recibo de pago, puedo pedir una reliquidación con las nuevas reglas?
No. La iniciativa no es retroactiva y su vigencia, además, está sujeta a la sanción presidencial. Esto podría tardar aún algunas semanas. Quienes ya tienen un recibo, deben pagar en las fechas establecidas o se exponen a sanciones.
2. Si soy remiso, ¿cuál es el procedimiento para normalizar mi situación?
El Ejército empezará a adelantar en todo el país campañas para normalizar la situación de casi un millón de jóvenes que no se presentaron a cumplir su deber de definir la situación militar. El camino es esperar a que, cuando esté sancionada la ley, empiecen esas campañas. Además de la presentación, habrá que pagar 111 mil pesos: ese es el costo de la expedición de la libreta, y se eliminarían todas las multas y los problemas legales asociados a la conducta.
3. ¿Las gabelas para los remisos serán permanentes?
No. Tendrán un año para acogerse a los beneficios. Y no todos saldrán con la libreta militar de manera automática: puede darse el caso de que los que están en la edad (hasta 24 años), sean aptos y no tienen una razón valedera para justificar su no presentación terminen en las filas.
4. ¿Quienes tenemos hijos o estamos casados o en unión libre tenemos que prestar el servicio militar?
Desde antes, varias sentencias, especialmente de la Corte Constitucional, habían protegido del cumplimiento de ese deber a quienes tienen hijos, están casados o en unión libre. Ahora, esas salvedades quedaron expresamente en la ley, como la exención a los hijos únicos, a las víctimas de la violencia inscritas en el Registro de la Unidad de Víctimas, a los huérfanos que respondan por sus hermanos y a los objetores de conciencia, entre otros.
5. ¿Cómo se protegerá el derecho a objetar el servicio?
El joven deberá exigir expresamente el derecho de objeción de conciencia por credo o convicción antes del reclutamiento definitivo. Puede contar con el apoyo de una ONG en su petición. Además de una autoridad militar, habrá representación del Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo y la Personería para brindar garantías durante el proceso.
Previamente a la Ley se habían establecido unos protocolos.
JUSTICIA
Andrea Morante
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