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Corte dejó en firme sentencia que formaliza unión gay

Le recordó a la Procuraduría 'observar las determinaciones y que vigile su estricto cumplimiento'.

La Corte Constitucional rechazó la solicitud que presentó el procurador Alejandro Ordóñez en la que pedía anular la sentencia sobre el matrimonio y que otorga a los homosexuales el derecho de constituirse en familia a partir de una unión solemne.
El fallo de la Corte se produjo horas después de que la Jueza 67 Civil de Bogotá formalizara la primera unión solemne de una pareja homosexual en Colombia acatando el fallo del tribunal constitucional, aplicando las reglas del matrimonio civil. (Lea: Una jueza en Bogotá legalizó la unión conyugal de una pareja gay).
Los magistrados de la Corte Constitucional ratificaron en su decisión que sí hay una deficiencia de protección a las parejas del mismo sexo frente a las uniones de hombre y mujer. (Vea: Imágenes de la primera unión marital entre dos personas del mismo sexo).
También reafirmaron los plazos que la sentencia dio para que el Congreso legislara sobre el matrimonio entre parejas del mismo sexo y la orden a jueces y notarios para unir a estas parejas si después del 21 de junio de este año, el legislativo no aprobaba ninguna norma.
El alto tribunal acogió una ponencia de su colega Jorge Iván Palacio y consideró que no es procedente que el Ministerio Público utilice ese recurso extaordinario para debatir sus interpretaciones sobre normas que la Corte ya declaró constitucionales.
El Procurador había indicado en su solicitud que la Corte "sustituyó al Constitución y cambió la posición tradicional de la jurisprudencia" en el concepto de familia que hace en la sentencia. También dijo que la Corte invadió las funciones del Congreso al imponerle un plazo para que legislara sobre el tema.
Al respecto, la ponencia reafirma lo dicho en el fallo y recalca que las parejas del mismo sexo son una forma más constitutiva de familia y por lo tanto adquieren el reconocimiento y la protección que brinda la Constitución a esta institución.
También insiste en considerar equivocado que el concepto de familia se aplique solo el que se deriva de la unión de un hombre y una mujer.
La sentencia fue el detonante también para un nuevo choque entre ese tribunal y el procurador Ordóñez la semana pasada. En un enérgico pronunciamiento, el magistrado Palacio, rechazó los términos en que Ordóñez se refirió a ellos y a la sentencia sobre el matrimonio, durante un congreso de notarios celebrado en Cali.
La Corte le recordó al Procurador que su obligación como funcionario público es la de que "observe las determinaciones de este Tribunal y vigile su estricto y oportuno cumplimiento". También lo "invitó" a que, "cuando se dirija a esta corporación, lo haga en términos comedidos, manteniendo siempre el decoro propio de una dignidad como la que representa".
Además, le advirtió que su función no le permite intimidar a funcionarios judiciales al señalar que "reivindica la autonomía de los jueces y las competencias de las autoridades administrativas en el cumplimiento y ejecución de las sentencias".
Este choque se da casi un año después de que la Corte ordenara al procurador Ordóñez y a dos de sus más cercanas colaboradoras --la procuradora María Eugenia Carreño, y la delegada de esa entidad para la Infancia, la Mujer y la Familia Ilva Miryam Hoyos--a rectificar sus pronunciamientos frente a la sentencia que despenalizó el aborto en tres casos específicos.
Esta vez, el Procurador, al referirse al fallo de constitucionalidad sobre el matrimonio expresó su preocupación por las diversas interpretaciones que se han desprendido de esa decisión y la posibilidad de que algunos jueces o notarios apliquen las normas del matrimonio civil para cumplir esa sentencia, que calificó de "confusa, contradictoria y farragosa".
El Procurador ya había expresado sus reservas sobre el fallo y había expedido una circular advirtiéndole a los notarios que no podían utilizarla palabra matrimonio en esas uniones.
REDACCIÓN JUSTICIA
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